Aunque una mayoría lo votó negativo el pasado 7 de septiembre, lo que auguraba que sería desechado, la unanimidad de los congresistas miembros de la Comisión de Asuntos Jurídicos decidieron salvar a último momento un proyecto de ley con reformas en materia anticorrupción para, entre otras cosas, penalizar el soborno en transacciones internacionales y responsabilizar a las personas jurídicas por actos delictivos.
Se trata del expediente 22.428 denominado "Reforma de leyes en materia de anticorrupción, para atender recomendaciones del Grupo de Trabajo sobre el soborno en las transacciones comerciales internacionales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos", que propone implementar los ajustes señalados por ese grupo de la OCDE a elementos de la ofensa del delito de soborno transnacional, sanciones para las personas jurídicas y naturales, legitimación de capitales, asistencia judicial recíproca, la no deducibilidad fiscal y temas sobre auditoría y contabilidad, tipificados en la normativa costarricense.
La iniciativa había sido votada negativamente en la comisión, en un inicio, luego que la diputada Gloria Navas Montero de Nueva República señalara que la Procuraduría General de la República se pronunció en contra y dio razones de carácter constitucional y legal.
Se pretende sancionar penalmente a una sociedad, bueno a la sociedad usted no la puede meter a la cárcel y para efectos de eso tendrán que ser los directores o los funcionarios de esa sociedad, si incurrieron en delitos de carácter penal, pero entonces hay que demostrar la participación culpable de esa persona no de la entidad. Nuestro régimen jurídico aparte del artículo 39 de la Constitución Política en cuanto al principio de culpabilidad no es un principio de objetividad, la culpabilidad es subjetiva no objetiva, como lo es en otros regímenes de derecho, estaría chocando con nuestro sistema jurídico con la estructura constitucional de Costa Rica, eso no lo podemos permitir es totalmente inconstitucional.
El diputado liberacionista, Danny Vargas Serrano, también atacó ese día el proyecto de ley:
Bueno tal vez siendo muy breve y sin el ánimo de hacer más controversias, a mí más bien estos temas cuando viene de la OCDE, más bien me pone los pelos de punta, sin entrar mucho al fondo porque efectivamente quieren meternos en un régimen que no es propio del régimen costarricense, aquí ha pasado cosa curiosísima, aquí es el único país que logró con una disposición que la sociedades anónimas de dejaran de ser anónimas, porque nos ponen ahora a declarar quiénes son los dueños de las acciones, en el Banco Central. Entonces, la figura sociedad anónima dejo de existir por una ocurrencia, entonces hay cosas que pasan así.
Sin embargo, tras varias semanas de haberse realizado la votación mayoritariamente negativa al proyecto de ley, los congresistas sorprendieron este lunes con un dictamen afirmativo unánime al proyecto, eso sí, no sin antes dejar plasmadas sus salvedades y la recomendación de qué hacer a continuación para atender las inquietudes que existen sobre la iniciativa, propuesta por el anterior Poder Ejecutivo.
El proyecto de Ley que se discute tiene una gran trascendencia, pues intenta acoplar la legislación penal a una figura que en el sistema normativo costarricense no ha sido analizada. No contamos con jurisprudencia de las Salas de Casación y Juzgados Penales y Tribunales Superiores mediante jurisprudencia, que dé los parámetros de aplicación en la práctica de la doctrina de la responsabilidad de la persona jurídica.
Las dudas fueron sopesadas con una nota plasmada por el magistrado Fernando Cruz Castro de la Sala Constitucional, cuando ese Tribunal analizó el proyecto de canje de notas entre Costa Rica y la OCDE y la adhesión del país a la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en transacciones comerciales internacionales.
En dicha nota, el magistrado Cruz señaló que no era inconstitucional establecer un marco de responsabilidades penales de personas jurídicas, dado que la Constitución Política lo que contempla es un límite al poder punitivo respecto de las personas físicas, pero no lo prohíbe para las jurídicas.
La responsabilidad penal personal que prevé la Constitución y el Código Penal, no impide el diseño de una política criminal que criminalice las acciones desarrolladas al amparo de una persona jurídica. No existe en este sentido una limitación constitucional insuperable que impida admitir la responsabilidad penal de las personas jurídicas.
Como consecuencia, la Comisión por unanimidad recomendó que el Plenario realice una consulta facultativa de constitucionalidad sobre el alcance de las reformas propuestas y su interpretación a la luz del artículo 39 de la Constitución Política; además de hacer los cambios necesarios mediante el trámite de mociones de fondo vía artículo 137; y no aprobar ninguna dispensa de trámites a la iniciativa, con el fin de realizar una mesa de trabajo entre el Congreso, el Poder Judicial y la Procuraduría General de la República.
Breves
— Con 37 votos a favor y 15 en contra (oficialismo y Frente Amplio) se aprobó el expediente 23.335 "Ratificación de la señora Cinthya Arias Leitón como miembro titular del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones".
— Con 52 votos a favor y 0 en contra se aprobó en primer debate el expediente 21.160 "Reforma Integral a la Ley del Sistema Nacional para la Calidad, Ley N° 8279". Se alcanzó un acuerdo político para que, en lugar de archivarlo, se retrotraiga a primer debate para hacerle enmiendas al último texto actualizado.
— Con 52 votos a favor y 0 en contra se aprobó en primer debate el expediente 22.920 "Aprobación del Tratado de Extradición entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República del Ecuador".
— Con 51 votos a favor y 0 en contra se aprobó en primer debate el expediente 22.935 "Acuerdo entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República Francesa sobre Servicios Aéreos".
— Por unanimidad, la Comisión de Infraestructura aprobó abrir un expediente de investigación sobre el accidente ocurrido en la Ruta Nacional No. 1, a la altura de Cambronero.





