El 26 de octubre del 2021 el Gobierno anunció que para las personas vacunadas en Costa Rica ya no será necesario ni llenar un formulario ni enviar una solicitud a ningún correo, sino que los usuarios podrán descargar su documento desde la página web usuarios.ministeriodesalud.go.cr. El trámite descrito en esta nota solo aplica a personas vacunadas en el extranjero que requieran solicitar un certificado de vacunación.

Luego de que el 20 de setiembre la Casa Blanca anunciase que Estados Unidos levantará las restricciones de viaje que regían en el contexto de la pandemia del coronavirus y que por ello, desde principios de noviembre la entrada de pasajeros internacionales se permitirá a los viajeros de cualquier parte del mundo que estén totalmente vacunados, les recordamos cuál es el trámite que se debe realizar para obtener, en Costa Rica, el certificado de vacunación contra la enfermedad si usted se vacunó en el extranjero.

Según informó el Ministerio de Salud el pasado mes de junio, las personas vacunadas en el extranjero que requieran un certificado que acredite la recepción de ambas dosis de vacuna contra la COVID-19 en el país podrán solicitarlo de forma digital a ese Ministerio.

Las personas interesadas deberán completar el formulario disponible en el sitio del Ministerio de Salud, y completar, firmar y enviar esta boleta de la siguiente manera:

  • Personas con firma digital: firmarla digitalmente (asegúrese que su firma sea válida) y enviarla al siguiente correo electrónico: [email protected].
  • Personas sin firma digital: Adjuntar al correo [email protected]: copia de documento de identificación valido (cédula, pasaporte o DIMEX) y copia del carné de vacunación que recibió en la CCSS, la copia debe ser por el frente donde se visualicen los datos personales de identificación y por dentro donde se visualicen las dosis recibidas.

Una vez se completado el formulario, el solicitante recibirá un correo electrónico de confirmación con un número consecutivo de trámite. El certificado será remitido por medio del correo electrónico facilitado y el tiempo de entrega será de diez días tras haber cumplido con los requisitos.

El Ministerio de Salud ha señalado que aquellas personas que requieran el certificado de vacunación para uso internacional (para aquellos destinos que así lo requieran), deberán retirarlo de forma presencial en las oficinas centrales del Ministerio de Salud para poder realizar el trámite de apostillado que debe efectuarse en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

El 13 de ocutubre el Gobierno anunció que, a partir del 1 de diciembre, será obligatorio presentar el certificado QR de vacunación para ingresar a:

  • Restaurantes, sodas, cafeterías y plazas de comida (food court, food truck).
  • Bares y casinos.
  • Tiendas en general y centros comerciales.
  • Centros de acondicionamiento físico.
  • Hoteles, cabinas o establecimientos de alojamiento y balnearios.
  • Actividades, organizaciones o cogresaciones en sitios de adoración.
  • Salas de eventos para actividades empresariales, académicas o sociales.
  • Turismo de aventura.
  • Teatro, cines, academias de arte y baile, y establecimientos de actividades artísticas.
  • Establecimiento de actividades deportivas.
Esta nota fue actualizada el 22 de setiembre a las 4 p.m. para incluir las más recientes disposiciones del Ministerio de Salud, el 13 de octubre a las 1:30 p.m. para incluir la oblitaoriedad del certificado a partir del 1 de diciembre, y el 27 de octubre del 2022 a las 12 a.m. para aclarar que el trámite con declaración jurada por correo electrónico ya solo será necesario para quienes se hayan vacunado en el extranjero.