El día de ayer, domingo 1 de noviembre, Costa Rica reabrió el ingreso a suelo nacional por sus fronteras terrestres, tras más de 7 meses de cierre debido a la pandemia de la COVID-19.

El ingreso es restringido únicamente a residentes y personas extranjeras que cuenten con una permanencia legal autorizada en el país, bajo las categorías migratorias de residencia permanente, temporal, especiales o no residentes subcategoría estancia; los turistas que deseen ingresar a suelo nacional deberán seguirlo haciendo por las vías aéreas o marítimas.

Esta misma disposición es la que aplicará para el transporte internacional terrestre, que también se rehabilitó aunque únicamente para los viajeros autorizados para ingresar por esa vía (costarricense y residente).

Así lo anunció el Poder Ejecutivo tras la publicación del decreto de apertura en La Gaceta, donde se informa que a partir de noviembre, las personas extranjeras que deseen ingresar al país deberán contar obligatoriamente, con un seguro de salud que los cubra en caso de enfermar en el país.

Este seguro podrá ser el de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) o en su defecto, uno de viaje ofrecidos por alguna de las aseguradoras autorizadas por la Superintendencia General de Seguros en Costa Rica.

Este seguro tendrá que cubrir al menos los gastos de alojamiento y médicos generados en caso de infectarse por la enfermedad COVID-19, equivalentes a los costos de internamiento en un hospital con un mínimo de cobertura de 22 días, así como gastos de hospedaje por ese mismo plazo mínimo.

Además, las personas que ingresen al país por estas fronteras tendrán que someterse a un periodo de aislamiento de 14 días y de acatamiento obligatorio, a partir de la orden sanitaria que les emitirá la autoridad migratoria que realice el control correspondiente.

El día de ayer el país reabrió fronteras aéreas con todos los países del mundo; mientras que desde el pasado 26 de octubre, se determinó que los pasajeros nacionales y extranjeros que ingresen a Costa Rica por la vía aérea no deberán presentar un resultado de prueba negativa RT-PCR.  

Sin embargo, y a pesar de la flexibilización de este par de medidas, la de contar con un seguro de salud sigue siendo obligatoria, pues para el ingreso al país habrá que cumplir con los siguientes requerimientos:

  • Completar en línea el formulario epidemiológico denominado Pase de Salud, generado por el Ministerio de Salud.
  • Contar con un seguro de viaje que cubra al menos los gastos de alojamiento y gastos médicos generados por la enfermedad COVID-19, ofrecido por alguna de las aseguradoras autorizadas por la Superintendencia General de Seguros en Costa Rica y debidamente avalado por dicha autoridad. En su defecto, puede presentar la documentación brindada por una aseguradora internacional que permita verificar que cuenta con un seguro que cubre lo indicado. La documentación del seguro deberá cargarla en el Pase de Salud.