El Tribunal de Primera Instancia Civil de Cartago condenó la semana anterior a la Corporación de Supermercados Unidos Sociedad de Responsabilidad Limitada de Costa Rica, subsidiaria de los supermercados Walmart y Mas X Menos en el país, por faltas en el deber de cuidado y un mal manejo del accidente que sufrió un adulto mayor cartaginés, en una de sus instalaciones hace tres años.
Según consta en la sentencia N° 2019000337 de la que este medio tiene copia, la cadena de supermercados fue condenada al pago en que incurrió el demandante para su atención médica, así como al rubro de daño moral, aunado a los los intereses que se sumaron en los casi tres años que han transcurrido desde el hecho; además, la empresa también tendrá que pagar los honorarios del abogado que le llevó el caso al denunciante.
Tratamos de conocer la posición de la corporación pero la subgerente de Asuntos Corporativos de Walmart, Mariela Pacheco, nos comunicó que "al estar abierto el proceso y respetuosos de la legislación, una vez que concluya y exista una sentencia en firme se procederá según sea resuelto por los tribunales".
La sentencia podría quedar en firme en las próximas semanas, a menos que la empresa apele la resolución.
Mal manejo de la emergencia
El miércoles 25 de enero de 2017, Luis Arnoldo Rodríguez Monge, de 83 años de edad en ese momento, visitó el Mas X Menos ubicado en Metrocentro en Cartago, en compañía de su esposa, también una adulta mayor.
Según los hechos probados por el tribunal, "al ser aproximadamente las 03:00 pm (el denunciante) tropezó con un un montacargas manual (perra manual) que se ubicaba en medio de los pasillos, a un lado de la góndola donde se ubican las verduras del supermercado, cayendo al piso y golpeando su rostro".
Según Ana Luisa Rodríguez, la hija del demandante y quien le acompañó durante todo el proceso judicial, tras la caída el adulto mayor terminó en el suelo "semiinconsciente sangrando y lo grave de esto es que no había un botiquín y nada de primeros auxilios, mi madre con un poco de papel higiénico le sostuvo el sangrado".
En una entrevista realizada con este medio, Rodríguez agregó que:
Cuando llegaron los empleados del Mas X Menos a auxiliarlo y sin ningún protocolo ni nada, lo levantaron y lo llevaron caminando a una silla. No lo inmovilizaron ni lo montaron en ninguna camilla, nada. Sin embargo, eso no es lo más grave: llamaron a una ambulancia de la empresa Pro vida en San José que a su vez contra a Emergencias Médicas de Cartago. Cuando por fin llegó el paramédico, y con mi papá sangrando mucho, la indicación de Mas X Menos es que tenían que trasladarlo al Hospital Metropolitano de San José porque Walmart tiene un convenio con ese hospital; por eso el personal retuvo a la ambulancia por más de una hora, hasta que permitieron su traslado al Hospital Universal de Cartago".
Según los hechos probados de la sentencia, hasta las 4:13 pm de la tarde (más de una hora después del accidente) a Rodríguez se le permitió salir del establecimiento rumbo al hospital donde posteriormente fue atendido en Emergencias. Al día siguiente sus familiares le llevaron al consultorio de una doctora de confianza, Daniela Hernández González, quien en su valoración indicó "un mal manejo de la emergencia" por parte del personal del supermercado.
Ana Luisa Rodríguez amplía que:
Al día siguiente yo fui al Mas X Menos a ver qué era lo que había pasado y cómo era posible que no tenían vendas y cómo funcionaban ellos en caso de emergencia y la actitud del supermercado fue terriblemente ofensiva. Yo lo único que pedí al principio, fue una explicación y una disculpa pública, que me dijeran que ya estaban tomando las medidas, haciendo las correcciones y preparando un protocolo realmente funcional y nada de esto pasó.
Por esta causa, el tribunal sentenció a la empresa por una violación al deber de cuidado en la previsión del evento dañoso y también por un desacato al artículo 1045 del Código Civil, que señala que "todo aquel que por dolo, falta, negligencia o imprudencia, causa a otro un daño, está obligado a repararlo junto con los perjuicios".
En la sentencia, los jueces del tribunal señalan que:
Queda absolutamente claro que el factor de atribución del daño sufrido por el actor es la culpa de la demandada (Mas X Menos) manifestada por la negligencia en dejar en ese pasillo sin ninguna advertencia visible, ese montacargas".
Quisimos averiguar si en estos tres años se han tomado medidas para evitar que un caso de este tipo se repita, sin embargo, como ya indicamos, la compañía indicó que no dará declaraciones hasta que la sentencia esté en firme.
Ana Luis Rodríguez asegura que si la empresa apela la sentencia, estarán preparados para seguir en el proceso; sin embargo, asegura que en este momento se encuentran satisfechos, pues "ya se sentó un precedente sobre los derechos de las personas adultas mayores".