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— No voy a entrar a explicar por enésima vez qué es un derecho de respuesta y cómo funciona. Dejo aquí para el archivo una entrada de Café Para Tres donde lo abordé (a partir del minuto 13:30). Ojalá más autoridades repasaran lo dicho por la Sala sobre los alcances del derecho de respuesta en fondo y en forma.

— Como sea, ayer el diputado Welmer Ramos nos envió uno. Lo publico sin problema alguno y con gusto, íntegro:

La nota del medio de comunicación digital, Delfino.cr, titulada “Crónica de una multa histórica no aplicada”, escrita por Sebastian May Grosser, carece de información jurídica esencial como la indicada en el artículo 173 de la Ley General de la Administración Pública, que dice textualmente, en su inciso 2, “cuando se trate de la Administración central del Estado, el ministro del ramo que dictó el respectivo acto deberá declarar la nulidad. Cuando se trate de otros entes públicos o Poderes del Estado, deberá declararla el órgano superior supremo de la jerarquía administrativa”, al informar de manera superficial en su nota periodística que, y se cita textualmente, “Ramos dijo que según él entendió —aunque no aparece explícitamente en ninguno de los documentos— era él la autoridad competente para anular la sanción”.

Por lo tanto, solicitamos al medio digital, Delfino.cr, y al redactor de la noticia de apellidos May Grosser, que, por favor, tome en cuenta lo que establece la ley mencionada al cubrir el tema, debido a que el, entonces, Ministro de Economía, Industria y Comercio, Welmer Ramos González, acató de manera obligatoria (tal y como lo establece el mismo artículo 173) la resolución vinculante emitida por la Procuraduría General de la República en su oficio DM-0246-15.

— Vamos a la traducción. ¿Qué es lo que quiere Ramos decir? Que él estaba obligado y facultado por ley a hacer lo que hizo. ¿Qué hizo? como ministro de Economía anuló la sanción a Bac Credomatic de ₡12.000 millones por prácticas anticompetitivas que le impuso en 2013 la Comisión para la Promoción de la Competencia.

— Ahora bien, repasemos el contexto: ¿quién le pidió a Ramos que hiciera eso? La Procuraduría General de la República. ¿Por qué? Porque BAC Credomatic había contrademandado a la Comisión para la Promoción de la Competencia y la Procuraduría (Coprocom) estaba absolutamente convencida que el Estado iba a perder el caso contra Bac Credomatic.

— Ramos se curó en salud y pidió un dictamen a la propia PGR para asegurarse de que podía anular el acto. La PGR le dijo que sí pues consideró que existían “violaciones sustanciales y graves al debido proceso y derecho de defensa” en el acto de la Coprocom que por ende revertía en “nulidad absoluta”. Dice el dictamen:

En consecuencia, con sustento en los términos del artículo 183 de la Ley General de la Administración Pública, esta Procuraduría General emite su dictamen favorable para la declaratoria de la nulidad absoluta de la sanción impuesta.

— Y en efecto, tras conocer ese oficio, Ramos procedió a emitir en marzo del 2015 el informe DM012-2015 en la cual anuló la sanción económica impuesta por la Coprocom al BAC Credomatic, liberando así a la empresa del pago de la multa.

— El propio Ramos indicó a Hablando Claro este lunes que la versión de que el caso se iba a perder en juicio (Bac vs Coprocom) se la dieron también en la asesoría legal de la Coprocom y en la Unidad Jurídica del MEIC, avalando lo dicho por la Procuraduría General.

— Su tesis, en resumen, es que hizo lo que le dijeron que hiciera, en defensa del interés público (correcto, es la misma tesis que utilizó para explicar sus gestiones en el caso del Cemento Chino).

— Nótese, además, que Ramos lo hizo bajo presión, incluso advertido de que en caso de no hacerlo podían acusarlo de prevaricato. Twist irónico: precisamente de eso lo están acusándolo ahora por hacerlo (ya explico esto más adelante).

— Ok, ok, entonces ¿cuál es el problema? El problema es que la Coprocom ganó el caso penal (Credomatic los denunció por prevaricato). El Tribunal Penal (primero) y el Tribunal de Apelaciones (después) exoneraron a los acusados peeeeero también le entraron al fondo del asunto (así lo había pedido Credomatic) e indicaron que la sanción a BAC Credomatic sí se hizo a derecho, que debió haberse ejecutado y (ojo a esto) que el Ministro de Economía no tenía potestad para anular el proceso.

— Y aquí fue donde saltó la liebre. Porque la gente de Coprocom recién ahora puede hablar del caso (Bac Credomatic había solicitado en el juicio que fuera secreto) y por eso fueron a conversar con Vilma Ibarra de todos los pormenores el pasado viernes. También por eso Ramos fue este lunes al mismo programa a brindar su versión. Versión que en efecto, respalda la Procuraduría (que fue ayer martes).

— Entonces... lo que Ramos quiere que ustedes lean (en su “derecho de respuesta”) es que él se amparó en el inciso 2 del artículo 174 de la Ley General de Administración Pública. No tenemos ningún problema con dejar claro que en efecto, él considera que ese inciso le daba el derecho (y le asignaba la obligación) de hacer lo que hizo.

— El tema está en determinar si en efecto esa normativa lo ampara o no. La sentencia del Tribunal de Apelaciones, como lo indicamos en la nota original, considera que el ministro no tenía la facultad de hacer lo que hizo. Corre cita:

Sobre este aspecto es importante establecer que la COPROCOM es un órgano de desconcentración máxima, es decir es autónomo por cuanto está libre de todo vínculo jerárquico con el Estado (Ministerio de Economía) por tal la resolución de este ente no es vinculante.

— Entonces sí: a raíz de ese detalle la Fiscalía General de la República abrió una investigación penal contra el diputado Ramos (causa 18-00205-033-PE) para determinar si incurrió en prevaricato (no confundir con la denuncia penal por el caso del cemento chino que causó polémica hace unos días).

— Sobre esta investigación Ramos dijo al Semanario: “Esto es tirar una cortina de humo. La Procuraduría dijo que el caso estaba nulo. La actuación del Ministro fue mínima, que solo procedió ante la recomendación escrita”. #WalterCentenoStyleDetected

— En resumen: la Procu está aceptando ser responsable de lo que pasó y Ramos sostiene que solo hizo lo que la Procu le pidió que hiciera porque tenía que hacerlo. Nunca sabremos si el caso se hubiese perdido contra Bac Credomatic porque lo que se negoció fue anular la multa y evitar el juicio. PERO el juicio penal continuó y... pasó lo que pasó. Ramos señala el famoso inciso que (como lo indicamos en la nota original) la propia Procu no citó cuando le dio su dictamen.

— Como Costa Rica es Costa Rica y aquí las leyes existen para “interpretarse” nadie sabe ahora si ese inciso lo faculta/obliga a hacer lo que hizo o no. El Tribunal Penal de Apelaciones consideró que no. Por eso la Fiscalía General abrió esta nueva causa, a fin de determinar si el acto de Ramos (bajo las instrucciones de la Procuraduría) fue contrario a derecho. Bac Credomatic ha indicado que no se referirá al caso.

Esta nota es parte del Reporte: Del futuro de las huelgas, una solicitud de Welmer Ramos y una película de Ortega.