El Presidente de la República, Carlos Alvarado y sus ministros de Economía, Hacienda y Agricultura firmaron un decreto ejecutivo para reintegrar a la Canasta Básica Tributaria ocho especies de pescados enteros y en filete congelados.
Así se dispuso mediante el Decreto Ejecutivo 41861-H-MAG-MEIC, el cual salió publicado este miércoles en el Diario Oficial La Gaceta y modifica el Decreto Ejecutivo 41615-MEIC-H Reglamento de la Canasta Básica Tributaria.
La modificación ordenada por el Presidente y sus ministros dispone que, desde este miércoles, corre un plazo de 3 meses (prorrogable por el mismo plazo) dentro del cual los pescados frescos, enteros y en filete de las especies Atún, Dorado, Vela, Marlín, Espada, Bonito, Bolillo, Pargo y Corvina estarán dentro de la Canasta Básica Tributaria, siempre y cuando no tengan ninguna preparación, o sean congelados sazonados, marinados, adobados, condimentados, o empanizados.
La medida se emite mientras el Ministerio de Agricultura y Ganadería, en conjunto con el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, elaboran un estudio que determine los tipos de pescados y filetes que son de consumo real y efectivo por parte de los hogares que conforman el 20% de la población de menores ingresos.
Al estar ahora incluidos dentro de la Canasta Básica Tributaria, esos pescados pasarán ahora a estar exonerados del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 13%. Eventualmente si el estudio determina que los mismos deben mantenerse dentro de dicha canasta, los mismos pagarán únicamente un impuesto del 1% a partir de julio del 2020.