La Contralora General de la República, Marta Acosta Zúñiga, rechazó el día de ayer la solicitud del Poder Judicial de apelación en subsidio y nulidad absoluta que había sido presentada por el presidente de la Corte, Fernando Cruz Castro, en contra de la orden que había dado el Área de Fiscalización de Servicios Públicos Generales.

En diciembre del año pasado, la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa del Área de Fiscalización de Servicios Públicos Generales de la Contraloría, envió un oficio al presidente de la Corte en el cual le indicaba la obligación del Poder Judicial de cumplir con lo que estableció la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, en relación con el ajuste a la fórmula de cálculo de los pluses salariales.

Dato D+: La LFFP estableció que los pluses salariales que tuvieran los funcionarios públicos antes de la aprobación debían nominalizarse, con la intención de detener el crecimiento estacionario del gasto corriente.

Tras recibir el oficio, la Corte Plena instruyó a su presidente apelar la orden de la Contraloría, el presidente de la Corte argumentó los siguientes puntos:

  1. La incompetencia de los funcionarios que firmaron el oficio que daba la orden al presidente de la Corte.
  2. La incompetencia del Área de Fiscalización para pronunciarse sobre la legalidad de un acuerdo adoptado por Corte Plena estando impugnado el acuerdo XIV ante la Sala Constitucional.
  3. Qué el presidente de la Corte no podía se ordenado a recovar una decisión que fue tomada por la Corte Plena.
  4. Que el acuerdo de la Corte el acuerdo fue generador de derechos subjetivos y por eso la orden violenta la confianza legítima de los funcionarios judiciales y la intangibilidad de los actos propios.
  5. Que la orden dada es inconstitucional, ya que lesiona la independencia del Poder Judicial.

Sin embargo, todos los argumentas fueron rechazados por la Contralora, por lo que la Corte deberá realizar los ajustes a la forma de cálculo de los pluses salariales de la Corte.