Asamblea
Educación Ciudadana y Control Político
Sesión del 18 de febrero de 2026
Primer debate en comisión Plena II
Modificación del artículo 8 de la Ley n.º 9303, Creación del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad, de 26 de mayo de 2015, para garantizar atención oportuna a las personas que tengan discapacidad y requieran constancias de su condición de CONAPDIS, para evitar pérdidas de oportunidades laborales. (Anteriormente denominado: Reforma a la Ley n.º 9303 para garantizar atención oportuna a las personas que tengan discapacidad y requieran constancias de su condición de CONAPDIS para evitar pérdidas de oportunidades laborales)
Propósito del Proyecto
El proyecto pretende establecer un plazo máximo de 15 días hábiles para que el Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (Conapdis) atienda las solicitudes de constancias de discapacidad que se le presenten.
A favor - 16

Gilberth Jiménez Siles
San José

Pilar Cisneros Gallo
Jefa de fracción
San José

Kattia Cambronero Aguiluz
San José

Gloria Navas Montero
Segunda Secretaria de la Asamblea Legislativa
San José

Carlos Felipe García Molina
Primer Secretario de la Asamblea Legislativa
San José

Vanessa De Paul Castro Mora
Vicepresidenta de la Asamblea Legislativa
San José

Dinorah Cristina Barquero Barquero
Alajuela

Jorge Antonio Rojas López
Alajuela

José Pablo Sibaja Jiménez
Alajuela

Priscilla Vindas Salazar
Alajuela

Rosaura Méndez Gamboa
Cartago

Gilberto Campos Cruz
Jefe de fracción
Heredia

Jonathan Acuña Soto
Heredia

Luis Fernando Mendoza Jiménez
Guanacaste

Sonia Rojas Méndez
Puntarenas

Rosalía Brown Young
Subjefa de fracción
Limón


