Asamblea
Educación Ciudadana y Control Político
Expediente 25828
Modificación del artículo 44 ter, y el transitorio, a la Ley N.° 7472, Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, de 20 de diciembre de 1994, y sus reformas, para incorporar la protección de la persona fiadora en operaciones de crédito de consumo
Histórico de Textos
Propósito del Proyecto
El proyecto busca crear dentro de la Ley 7472 un régimen especial para las personas físicas que fían créditos de consumo, obligando al acreedor a informarles previamente el alcance máximo de la garantía y avisarles dentro de 10 días hábiles del primer atraso, limitando la vigencia de la fianza al plazo original del crédito, reconociendo un beneficio de excusión renunciable únicamente de forma expresa, evitando que modificaciones sustanciales no consentidas amplíen su responsabilidad y fijando en cuatro años el máximo para conservar información crediticia negativa, además de impedir que el incumplimiento del deudor principal genere automáticamente reportes y recargos contra el fiador
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