Propósito del Proyecto
La propuesta de ley reformará el artículo 9 de la Ley General de Salud, para que se integre los métodos de prevención, prácticas curativas y medicamentos tradicionales de los pueblos indígenas, que garantice su derecho a disfrutar de la salud de manera amplia e integral, sin tener limitaciones o prácticas discriminatorias que no les garantice su propio desarrollo. Además, reforma el artículo 12, incluyendo una serie de derechos y protecciones para las mujeres embarazadas, y particularmente a las indígenas, contemplando la pertinencia cultural en la atención brindada. Reforma al artículo 44, exceptuando a las parteras tradicionales de pueblos indígenas, así como los awá o jawá indígenas que ejerzan su función en la medicina tradicional a lo interno de un territorio y pueblo indígena, reconocidos por su representantes tradicionales y legales de cada territorio indígena. Reforma el artículo 330, mediante el cual se establece que ningún cadáver podrá permanecer insepulto por más de treinta y seis horas contadas a partir del deceso a menos que la autoridad de salud lo autorice u ordene, o que haya necesidad de realizar alguna diligencia judicial, o que se encuentre en instalaciones debidamente acondicionadas para su conservación y que las autoridades correspondientes deberán reconocer y proteger los valores, practicas sociales, culturales, religiosas y espirituales propias de los pueblos indígenas nacionales.