Propósito del Proyecto
Autoriza a las instituciones del sector público no financiero que transfirieron recursos económicos para el cumplimiento de los objetivos o bien aquellos recursos de superávit libre acumulado hasta el 31 de diciembre de 2019 conforme a los artículos 5 y 6 de la ley Nº 9764, a que condonen las deudas por capital e intereses corrientes y moratorios a JAPDEVA.