Expediente 23786
Reforma a los Artículos 9, 13, 14, 17, 18, 27, 38, 40; y Adición de los Artículos 27 Bis y 39 Bis de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, Ley Nº 7558
Propósito del Proyecto
Se propone ampliar los requisitos para elegibilidad mínima de los miembros de los órganos de toma de decisiones de la institución, como parte de este esfuerzo de mejorar la gobernanza del banco. La ley debe requerir que los miembros de la Junta Directiva tengan un título profesional en una carrera afín a las labores del BCCR, así como un número mínimo y significativo de años de experiencia laboral y al menos uno de los miembros de este cuerpo colegiado debe tener experiencia relevante en materias de contabilidad y auditoría. Estos requisitos se requieren para garantizar que quienes se nombren en estos. Además, se propone dar autonomía al Banco Central sobre su presupuesto financiero (aquel que está relacionado con la implementación de operaciones financieras que materialicen la política monetaria definida por el Banco), no así sobre su presupuesto de operación, el cual seguirá bajo la aprobación de la Contraloría General de la República. Adicionalmente, la reforma propone excluir al ministro de Hacienda de la Junta Directiva del Banco Central.
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