Propósito del Proyecto
Propone la modificación del artículo 71 del Código Municipal con el fin que se indique expresamente que el uso y la disposición del patrimonio se realizará mediante toda clase de actos y contratos que permita el Código Municipal y la nueva Ley General de Contratación Pública. Además, se incluye en este mismo artículo la posibilidad de que la municipalidad pueda donar a entidades públicas o privadas declaradas de interés público, de interés social o sin fines de lucro, bienes muebles en desuso o mal estado, sin que para ello se requiera de una ley especial y en su lugar se cuente con un acto motivado y un acuerdo del Concejo Municipal, con la excepción de que esos bienes tengan declarado un uso público.