Propósito del Proyecto
El proyecto propone limitar el otorgamiento de medidas cautelares menos gravosas, únicamente en los delitos cuya pena sea inferior a los cuatro años de prisión, sea, aquellos delitos considerados como no graves. En cuanto a la pena de arresto domiciliario con monitoreo electrónico, se propone bajar de seis años, como se encuentra actualmente, a cuatro años de prisión, la pena impuesta para que las personas juzgadoras puedan otorgar este tipo de sanción. Adicionalmente, se agregan modalidades y delitos en los cuales no es procedente esta modalidad, propiamente cuando en la ejecución del delito se hayan utilizado armas blancas o cuando hayan sido condenados por algún delito previsto en la Ley N.º 8204 sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso no Autorizado, Actividades Conexas, Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo. Por último, en lo que respecta a la libertad condicional, esta no podrá ser concedida cuando la persona privada de libertad descuente una condena por delitos tramitados bajo el procedimiento especial de crimen organizado, ni delitos sexuales contra menores de edad, ni en delitos en que se hayan utilizado armas de fuego o armas blancas, ni los delitos previstos en la Ley N.º 8204 sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso no Autorizado, Actividades Conexas, Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo.