Propósito del Proyecto
Al convertir en gastos deducibles de la renta bruta los sueldos, los sobresueldos, los salarios, las bonificaciones, las gratificaciones, las regalías, los aguinaldos, los obsequios y cualquiera otra remuneración por servicios personales efectivamente prestados a las personas físicas o jurídicas que demuestren que al menos un 20% de las personas trabajadoras de su planilla son mayores de 40 años, estos trabajadores no deberán ocupar puestos en jefaturas, gerenciales o directivos. Adicionalmente, podrán gozar de esta deducción, una única vez al año, las personas físicas o jurídicas que demuestren que al menos un 20% de las personas trabajadoras de su planilla tienen edades entre los 18 y los 25 años. Además, serán sujetos de esta deducción de la renta bruta, las personas físicas y jurídicas que demuestren que al menos un 20% de las personas trabajadoras de su planilla son mujeres en estado de embarazo o en lactancia. La deducción se realizará una única vez al año.