Reforma de los artículos 14 bis y 49 de la Ley 7794, Código Municipal, de 30 de abril de 1998 (Anteriormente denominado: Reforma al artículo 14 bis, adición de un inciso g) del artículo 24 y reforma al artículo 49 del Código Municipal para el fortalecimiento de las Comisiones Municipales de Discapacidad y Adulto Mayor)
Propósito del Proyecto
Reforma el artículo 49 del Código Municipal para que la Comisión de Accesibilidad (Comad) pasé a ser la Comision Municipal de Discapacidad y Adulto Mayor (Comudam) y establece que las oficinas de Discapacidad que existan en las municipalidades serán auxiliares de la Comudam. Además, se reforma el artículo 24 del Código Municipal en su inciso g) para que la ausencia injustificada a las sesiones de la Comudam por más de dos meses será motivo para la pérdida de credencial del regidor o síndico,