Propósito del Proyecto
El presente proyecto de ley propone la alternativa para que, en cuanto al gasto de capital, se permita un crecimiento interanual, que podría estar determinado por el crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB), por lo que el límite lo establecería el crecimiento nominal del PIB, tal y como se establece en el escenario a) del artículo 11 del Título IV de la Ley 9635, para los gastos corrientes. Además, clarifica que la verificación de cumplimiento se realiza al comparar el crecimiento del gasto efectivamente ejecutado entre un año y otro, de modo que se toma como parámetro de comparación, el gasto ejecutado que se obtiene de la liquidación presupuestaria; por tanto, se trata de los recursos que efectivamente gastaron las instituciones de forma interanual. Y excluye de la aplicación de la regla fiscal aquellos gastos que sean financiados con donaciones provenientes del sector privado u organismos internacionales, legalmente constituidos, así como a todos los Entes Públicos no Estatales en los recursos que no provengan del Presupuesto Nacional.