Propósito del Proyecto
Excluye de la aplicación de la regla fiscal a toda empresa pública o institución autónoma que participe de forma directa en cualquier actividad comercial, empresarial o abierta al régimen de competencia, a todos los Entes Públicos no Estatales, en ambos casos mantiene el límite para los montos transferidos desde el Gobierno Central. Además, excluye de la regla fiscal los recursos que reciban los entes y órganos del Sector Público como resultado de la presupuestación de empréstitos internacionales, así como producto de donación del sector externo, cuya finalidad sea la formación de capital según la definición del clasificador económico del gasto público; el pago de intereses y comisiones de la Deuda incorporados en el Presupuesto Nacional; los pagos al “Contrato de Gestión Interesada del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría” y “Contrato de Concesión de Obra Pública con Servicio del Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós; así como los montos ordenados en ejecución de sentencias judiciales en firme.