Propósito del Proyecto
El presente proyecto de ley permite para aquellos casos en donde en la papeleta presidencial, diputaciones a la Asamblea Legislativa, Alcaldías, o Regidurías, en donde se presente en la totalización del conteo de las juntas receptoras de votos una diferencia mínima establecidas para cada caso por la presente ley, ya sea entre la nómina más votada y la que ocupa el segundo lugar o entre esta y la tercera nómina más votada, se proceda a realizar a la brevedad posible el reconteo de votos de forma manual. El proyecto se formula con base en que, en el periodo electoral del 2022, la asignación de la cuarta curul correspondiente a la provincia de Guanacaste se dio por una diferencia de dos votos.