Propósito del Proyecto
Propone una reforma en el artículo 113 del Reglamento, incorpora en la redacción del Reglamento, la posibilidad de que todo proyecto nuevo que sea presentado ante la Secretaría del Directorio, pueda llevar la firma digital y para ello, la administración superior dispondrá de un medio idóneo para su conservación. La reforma al artículo 119 del Reglamento, busca que todo proyecto que ingrese a la Dirección de la Secretaría del Directorio, se pueda presentar en un documento, impreso o digital, con la rúbrica del legislador o con firma digital, para ser remitido a la Imprenta Nacional, de forma inmediata. Aclara el proceso de caducidad de los temas parlamentarios, de forma que al final de un periodo constitucional, los proyectos de ley pendientes de resolución podrán estudiarse en el siguiente, por iniciativa del Poder Ejecutivo o de las y los diputados, siguiendo las reglas que dispone la norma. Propone adicionar un nuevo artículo 117 bis al Reglamento, para que todo proyecto de ley que se encuentre en el Orden del día pueda ser dispensado de trámites, en cualquier momento, entendiéndose que el Plenario actúa como comisión general, cuando así lo disponga la Asamblea por dos terceras partes de la totalidad de los miembros, por medio de moción aprobada para ese efecto.