Propósito del Proyecto
Añade un artículo 80 bis para que durante la primera legislatura de cada período constitucional, los proyectos de ley que se encuentren en su trámite de comisión y que de acuerdo con el artículo 80 su vencimiento haya ocurrido en la legislatura inmediata anterior, se les podrá prorrogar su plazo mediante moción de orden aprobada en la respectiva comisión, por una única vez y por 60 días hábiles adicionales.