Propósito del Proyecto
Modifica el artículo 183 del Código Penal (Ley 4573) para que las infracciones del proceso de inscripción sean atenuadas (pena reducida de un mes a dos años de prisión) solo en casos de que el hecho se cometa “con el fin de amparar al menor”. Además, elimina del Código Penal el inciso 3 del artículo 113 (Se impondrá la pena de uno a seis años: 3. La madre de buena fama que para ocultar su deshonra diere muerte a su hijo dentro de los tres días siguientes a su nacimiento) y los artículos 120 (Si el aborto hubiere sido cometido para ocultar la deshonra de la mujer, sea por ella misma, sea por terceros con el consentimiento de aquélla, la pena será de tres meses hasta dos años de prisión) y 143 (La madre que abandonare un recién nacido de no más de tres días, para ocultar su deshonra, será reprimida con prisión de un mes a un año. Si a consecuencia del abandono sobreviniere grave daño o la muerte, la pena será de prisión de uno a cuatro años.