Propósito del Proyecto
Se propone adicionar un último párrafo al artículo 2 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada N°8754, indicando de forma expresa que, para la deliberación y la redacción de la sentencia, se aplicaran los plazos establecidos en el inciso d) del artículo 378 del Código Procesal Penal que indica que "cuando la duración del debate sea menor de treinta días, el plazo máximo de la deliberación se extenderá a cinco días y el tiempo para dictar la sentencia a diez. Cuando la duración del debate sea mayor, esos plazos serán de diez y veinte días respectivamente".