Reforma de los artículos 8, 17, 131, 164, 165, 166, 167, 176 y 181, adición de los artículos 4 Bis, 9 Bis, 17 Bis, 17 Ter, 17 Quáter, 17 Quinquies, 17 Sexies, 23 Bis, 29 Bis, 29 Ter, 140 Bis, 169 Bis, 176 Bis y 181 Bis y Derogatoria del artículo 177 de la Ley de Aguas, N°276, Del 26 de agosto de 1942 y sus reformas
Propósito del Proyecto
El proyecto propone una reforma parcial a la Ley de Aguas, incluyendo la actualización de las infracciones y sanciones administrativas, la distancia de retiro de seguridad operacional de los pozos para extracción de aguas subterráneas, las potestades de la persona jerarca del Ministerio de Ambiente y Energía. Añade los principios que fundamentan la protección del agua y lo relacionado con la Política Nacional Hídrica. Además, elimina el departamento de Aguas del MINAE y en su lugar crea la Dirección Nacional de Aguas, cómo órgano técnico adscrito al MINAE.