Propósito del Proyecto
Establece una excepción de calificación de “incremento injustificado de patrimonio” para aquellos casos donde el activo declarado por la sociedad inactiva, llevase más de 5 años registrado a nombre de esta. El conteo de los 5 años deberá realizarse a partir de la fecha de entrada en vigor de la Ley de Fortalecimiento a las Finanzas Públicas, es decir, a partir del 1 de julio del 2019. Además, dispone la posibilidad de regularización y actualización de activos, de manera que las personas jurídicas que tienen un activo con la imposibilidad de demostrar o justificar los recursos con los cuales obtuvo el activo, podrá regularizar dicho activo pagando el 2,25% del impuesto sobre la ganancia de capital, tal y como lo dispone el artículo 31 ter de la Ley del Impuesto sobre la Renta.