Adicion De Un Nuevo Transitorio Vii A La Ley N° 8461, Ley Del Instituto Costarricense De Puertos Del Pacifico (Incop), De 20 De Octubre De 2005, Para Autorizar Al Incop A Crear Un Fondo De Aval Para Extender Creditos De Rescate A Las Empresas De Los Sectores Comerciales, Pesqueras, De Turismo, Agricultura Y Ganaderia, En Caso De Una Emergencia, En La Provincia De Puntarenas
Propósito del Proyecto
Se propone que del presupuesto y/o fondo disponible producto de la concesión del Puerto de Caldera, que se ve aumentado cada trimestre producto del canon que debe transferir el concesionario al Incop; y que para el ejercicio económico 2020 aprobado por la Contraloría General de la República a Incop se aproxima ya a los siete mil millones de colones; pueda ser utilizado también, como un fondo de aval para otorgar líneas de crédito de rescate a los empresarios de los sectores Comerciales, Pesqueras, de Turismo, Agricultura, y Ganadería de la Provincia de Puntarenas.