Propósito del Proyecto
En doce artículos y un transitorio el proyecto se propone regular los “testamentos vitales” como manifestaciones anticipadas de voluntad de las personas ante eventuales intervenciones médicas, decidiendo sobre eventuales tratamientos, técnicas u otros aspectos relacionados, todo dentro del marco jurídico vigente, sin modificarlo en ningún aspecto. De este modo se enuncia el objeto, se brindan las definiciones de uso, y se señalan los contenidos que pueden comprender este tipo de manifestaciones de voluntad, todos relacionados con aspectos de un eventual sometimiento a intervenciones o tratamientos médicos. Se señalan claramente los límites legales a estas manifestaciones de voluntad, reiterando los ya existentes, y se definen los requisitos y procedimientos para formalizar, modificar o revocar este tipo de testamentos. Se enuncia en forma genérica las obligaciones de los centros de salud para garantizar el respeto a la voluntad así enunciada de los pacientes, y se prevé incluso los casos en que el personal médico pueda llegar a realizar objeción de conciencia. Se enuncia el deber de confidencialidad que cubre a este tipo de declaraciones de voluntad y la prohibición expresa de la eutanasia. El proyecto se cierra con un artículo transitorio que ordena la reglamentación de la ley en un plazo de seis meses.