Propósito del Proyecto
Dispone que las iglesias, organizaciones y asociaciones religiosas, así como las personas jurídicas que utilicen para sus negocios, actividades y dueñas de sus inmuebles, cuyos representantes, sacerdotes, pastores o ministros religiosos cometan un hecho punible, serán responsablemente solidarios la acción de los participes de un hecho punible, en cuanto a la reparación civil