Propósito del Proyecto
Se propone: 1. Reformar los tributos establecidos en los Artículos 38 y 40 del Código de Minería modificando la tarifa de ambos para establecerla como un 75% del impuesto al valor agregado generado por la venta de los materiales extraídos. 2. Establecer como obligación de los concesionarios que extraen materiales en cauces de dominio público y canteras la entrega de información a las Municipalidades respectivas, sobre las cantidades de materiales extraídos y su valor de venta. 3. Definir como causa de cancelación de la respectiva concesión el incumplimiento del pago de los tributos establecidos en los Artículos 38 y 40 del Código de Minería, y el incumplimiento de la obligación de entregar la información indicada en el punto anterior o la entrega de información falsa o inexacta.