Janice Sandí presenta de nuevo la iniciativa que la Comisión Plena I rechazó en segundo debate en noviembre de 2025 bajo el expediente 23.338.
La diputada del Partido Liberación Nacional (PLN), Janice Sandí Morales, presentó un proyecto de ley (expediente 25.878) que declara el Acta de Independencia de Costa Rica, suscrita en Cartago el 29 de octubre de 1821, como Símbolo de la Patria Costarricense.
La propuesta tiene el mismo propósito que el expediente 23.338, que la entonces diputada oficialista y actual presidenta ejecutiva de la Junta de Protección Social, Paola Nájera Abarca, del Partido Progreso Social Democrático, presentó el 8 de setiembre de 2022 y que la Comisión Plena I rechazó en noviembre de 2025.
El expediente 23.338
El expediente 23.338 se tramitó en la comisión especial de la provincia de Cartago, que emitió un dictamen unánime afirmativo el 8 de abril de 2024. La Comisión Plena I lo aprobó en primer debate el 12 de noviembre de 2025.
El 19 de noviembre de 2025, la comisión lo aprobó en segundo debate. Sin embargo, posteriormente aprobó una moción de reconsideración y, en una nueva votación de segundo debate, el proyecto fue rechazado.
Los argumentos de la exposición de motivos
El texto sostiene que Costa Rica cuenta con bandera, escudo, himno y otros emblemas, pero carece de un símbolo que reconozca formalmente el documento en el que sus habitantes decretaron la ruptura con la Corona española. De acuerdo con la exposición de motivos, el acta fue redactada, discutida, votada y firmada por costarricenses en territorio costarricense.
El documento relata que, antes de la votación, los delegados de los ayuntamientos regresaron a sus localidades a recabar el mandato popular. Según el texto, el acta fue firmada en primer lugar por el gobernador español, quien reconoció el fin de su autoridad y adoptó el título de jefe político patriótico.
Para respaldar la fecha, la iniciativa menciona:
- Una comunicación oficial del Congreso costarricense a las autoridades mexicanas, fechada el 19 de marzo de 1823, que consigna el 29 de octubre de 1821 como fecha de la independencia.
- La autorización, en 1892, del Ministerio de Educación para enseñar en las escuelas el libro Elementos de historia de Costa Rica, de Francisco Montero Barrantes, que consignaba esa fecha.
- La inscripción del Acta de Cartago ante la Organización de los Estados Americanos en 1948 como la correspondiente a la independencia del país.
El proyecto fue presentado el 28 de octubre. Debido a que la Asamblea Legislativa inicia el segundo periodo de sesiones extraordinarias el próximo 1 de noviembre, el proyecto debe ser convocado por el Poder Ejecutivo para iniciar su trámite correspondiente.
Restricciones para crear nuevos símbolos patrios
La anterior Asamblea Legislativa aprobó un proyecto de ley del entonces diputado oficialista Manuel Morales Díaz para restringir la creación de nuevos símbolos nacionales en Costa Rica.
La iniciativa, tramitada bajo el expediente 24.129, se presentó como respuesta a la explosiva creación de nuevos símbolos nacionales en los últimos 10 años.
Mientras que entre 1848 y 2009 (161 años) se aprobaron solo diez símbolos, desde 2010 se han sumado once más, siete de ellos en los últimos seis años. Tan solo en el año 2022 se añadieron tres símbolos nuevos: el boyeo, la mariposa Morpho y las mascaradas.
El proyecto se convirtió en la Ley 10824, la cual establece que toda propuesta para declarar un nuevo símbolo deberá presentarse mediante un proyecto de ley acompañado de una justificación técnica y científica, donde se detalle su relevancia histórica, cultural, económica o natural.
Además, la ley detalla siete criterios para crear nuevos símbolos nacionales:
- Representatividad, que refleje la diversidad multiétnica y pluricultural del país.
- Identidad, que el símbolo sea único y distintivo.
- Relevancia histórica, por su vínculo con hechos o figuras significativas.
- Perennidad, para garantizar su vigencia a lo largo del tiempo.
- Potencial económico, por su posible aporte al turismo o a la economía local.
- Vínculo natural, en caso de especies o elementos ecológicos propios de una región.
- Relevancia cultural, determinada mediante un dictamen del Ministerio de Cultura y Juventud, que deberá emitir un criterio especializado antes de cada declaratoria.
El dictamen del Ministerio de Cultura será requisito obligatorio en todos los casos, y a ese deberá sumarse que el símbolo propuesto cumpla con al menos dos de los otros criterios.
La ley también dispone que el Ministerio de Educación Pública (MEP) será la entidad encargada de crear un registro oficial de los símbolos nacionales, promover su conocimiento y fomentar su preservación.
Asimismo, el Consejo Superior de Educación podrá coordinar con el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) para incorporar en los programas educativos y de sensibilización la protección de las especies declaradas símbolo nacional y su hábitat natural. La ley también faculta a instituciones públicas, organizaciones no gubernamentales y empresas privadas a desarrollar iniciativas complementarias.
