La fracción del Partido Liberación Nacional (PLN) presentó este lunes una reforma parcial a la Constitución Política que busca excluir los delitos sexuales de la protección que actualmente otorga la inmunidad a integrantes de los supremos poderes, de manera que una investigación o proceso penal por ese tipo de conductas pueda avanzar sin requerir previamente una votación de la Asamblea Legislativa.
La iniciativa, encabezada por el jefe de fracción liberacionista, Álvaro Ramírez Bogantes, plantea reformar los artículos 110, 121 inciso 9), 143 y 151 de la Constitución Política. El proyecto se tramitará bajo el expediente 25.825.
La propuesta no elimina la inmunidad constitucional, sino que crea una excepción para los casos de abuso sexual, acoso sexual o cualquier otro delito de naturaleza sexual. Según el texto, el fuero continuaría protegiendo a las personas funcionarias frente a eventuales persecuciones políticas relacionadas con el ejercicio de sus cargos.
Ramírez declaró:
Hemos visto con mucha preocupación cómo se usa la inmunidad de los jerarcas de los supremos poderes como un escudo de impunidad frente a casos graves como los que hemos visto, de delitos sexuales, de acoso, de abuso sexual y eso no puede seguir pasando".
Ramírez señaló durante una conferencia de prensa que la inmunidad no se creó para proteger a quienes ocupan cargos públicos frente a ese tipo de conductas, sino para permitirles desempeñar sus funciones sin enfrentar represalias políticas. El diputado afirmó que la bancada espera conseguir el respaldo de otras fracciones para aprobar la reforma.
El cambio al artículo 110 establecería expresamente que la inmunidad de las diputaciones no impediría la investigación, persecución penal ni el juzgamiento por abuso o acoso sexual u otros delitos de naturaleza sexual y que, en esos casos, no sería necesaria una autorización previa de la Asamblea Legislativa.
La reforma al artículo 121 inciso 9), que actualmente faculta al Congreso para decidir por una mayoría de dos terceras partes del total de sus integrantes si admite una acusación contra determinados jerarcas, agregaría una excepción para los delitos sexuales. En esos casos, la investigación penal podría iniciar o continuar sin que el Congreso declare previamente que existe lugar a formación de causa.
El proyecto también modificaría el artículo 143 para establecer que el fuero de las personas ministras no impediría su investigación ni juzgamiento por delitos sexuales, mientras que el artículo 151 permitiría investigar y ejercer la acción penal contra la persona que ejerza la Presidencia o una Vicepresidencia de la República por esos mismos delitos sin que previamente exista una declaración de formación de causa de la Asamblea Legislativa.
La propuesta establece, además, que las personas sometidas a esos procesos conservarían las garantías del debido proceso y el derecho de defensa. El texto aclara que excluir esos delitos del procedimiento de levantamiento del fuero no supone una declaración de culpabilidad ni una sanción o separación automática del cargo.
La diputada liberacionista Janice Patricia Sandí Morales afirmó que mantener un filtro político previo para estos casos puede transmitir un mensaje de impunidad a las víctimas de violencia sexual.
No podemos permitir que el mensaje incorrecto de impunidad cubierta por inmunidad llegue a miles de mujeres que han sido víctimas de acoso u hostigamiento sexual, tanto a nivel familiar como a nivel laboral".
Sandí cuestionó que denuncias por hostigamiento sexual ocurridas en el Congreso puedan concluir únicamente con medidas internas y sostuvo que esos asuntos deben llegar al Poder Judicial cuando corresponda.
No se vale salir de la Asamblea Legislativa con casi una amonestación verbal y una llamada de atención en un caso de hostigamiento sexual que ocurre en el primer poder de la República".
La exposición de motivos del proyecto señala que la reforma responde también a casos ocurridos dentro de la propia Asamblea Legislativa y cuestiona que una persona denunciante tenga que superar primero una votación política de 38 diputaciones antes de que un tribunal pueda conocer determinados hechos. El documento cita además estadísticas del Poder Judicial según las cuales, en 2024, se registraron 15.562 mujeres ofendidas por ilícitos de naturaleza sexual, equivalentes al 87% del total consignado por la fuente.
Consultado sobre los votos necesarios para aprobar una reforma constitucional, Ramírez señaló que el PLN inició conversaciones para conseguir respaldos y dijo esperar que la posición mostrada por otras bancadas frente a recientes denuncias se traduzca también en apoyo a la iniciativa.
“Lo importante es cambiar las reglas del juego y que las reglas del juego reflejen el compromiso político y ético que tenemos”, afirmó.
Ramírez también hizo referencia al caso del diputado oficialista Fernando Obaldía Álvarez y a la disposición expresada por otras fracciones para permitir que avance la investigación relacionada con ese legislador. El jefe liberacionista sostuvo que el uso del poder político en casos de abuso sexual resulta “inaceptable” y aseguró que la reforma pretende establecer una regla general para los jerarcas cubiertos por el fuero.
Breves
— Con 52 votos a favor y 0 en contra se aprobó en segundo debate el expediente 23.952 "Reforma de varias leyes para fortalecer la lucha contra el crimen organizado en materia de delitos ambientales".
— Con 53 votos a favor y 0 en contra se aprobó en segundo debate el expediente 25.775 "Adición de un transitorio XI a la Ley 8904, reforma del segundo párrafo y adición de varios párrafos al artículo 8; adición del artículo 8 bis; adición del inciso f) al artículo 65, y reforma del inciso k) del artículo 103 del Código de Minería, Ley N.º 6797, de 4 de octubre de 1982, y sus reformas, Ley para declarar a Costa Rica país libre de minería metálica a cielo abierto, del 1 de diciembre de 2010".
Proyectos dictaminados
Este lunes no sesionaron las comisiones dictaminadoras.
Leyes publicadas
Este lunes no se publicaron nuevas leyes en La Gaceta.
