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Gobierno autoriza importación de 1154 toneladas de frijol sin arancel ante desabastecimiento

El decreto permite a cinco empresas importar frijol rojo y negro con un arancel del 0% hasta el 31 de enero de 2027. Otras 851 toneladas del faltante identificado quedaron sin asignar debido a la disponibilidad de cosecha nacional.

El Gobierno de la República autorizó la importación de 1154 toneladas métricas de frijol rojo y negro con un arancel del 0%, como medida para atender el desabastecimiento de este producto en el mercado nacional. La autorización entró en vigor este lunes 26 de octubre y permanecerá vigente hasta el 31 de enero de 2027.

La medida consta en el decreto ejecutivo 45968-MAG-MEIC-COMEX, firmado por la presidenta de la República, Laura Fernández Delgado, y los jerarcas de los ministerios de Agricultura y Ganadería (MAG), Economía, Industria y Comercio (MEIC) y Comercio Exterior (Comex), que se publicó en el Alcance N.° 143 a La Gaceta de este lunes.

El decreto establece un Derecho Arancelario a la Importación (DAI) del 0% para las cantidades autorizadas de frijol negro y rojo a granel. Esto significa que las empresas beneficiarias podrán ingresar esos volúmenes sin pagar el arancel de importación correspondiente, aunque la disposición no establece exenciones de otros impuestos ni fija precios de venta al consumidor.

La decisión responde a un estudio técnico de abastecimiento elaborado por el Consejo Nacional de Producción (CNP), que identificó un faltante de 2005 toneladas de frijol para el mercado nacional. Sin embargo, la institución recomendó autorizar importaciones con arancel preferencial únicamente por 1154 toneladas, equivalentes aproximadamente al 57,56% del volumen identificado.

Las 851 toneladas restantes, equivalentes al 42,44%, quedaron sin asignar debido a la existencia de cosecha nacional disponible para su compra, según explicó el CNP en un acuerdo de su junta directiva del 28 de septiembre.

La institución tomó en consideración las estimaciones de producción nacional, las condiciones climáticas, las posibles afectaciones a las cosechas, las importaciones previstas desde Estados Unidos y las condiciones del tipo de cambio para determinar las necesidades de abastecimiento.

Importaciones distribuidas entre cinco empresas

El decreto distribuye las 1154 toneladas autorizadas entre cinco empresas y organizaciones vinculadas con la comercialización y procesamiento de frijol en Costa Rica.

La Corporación de Compañías Agroindustriales CCA S.R.L. recibirá la mayor asignación, con 488 toneladas métricas, seguida de la Asociación Productores Comunidades Unidas en Veracruz, con 382 toneladas.

Por su parte, Empaques Agroindustriales S.A. podrá importar 176,8 toneladas; C.C. Inversiones Agroindustriales S.A., 66,6 toneladas; y Kalistro del Sur S.A., 40,7 toneladas.

La distribución responde a los acuerdos 40647 y 40668 de la junta directiva del CNP, adoptados el 13 de agosto y el 28 de septiembre de 2026, respectivamente. El segundo acuerdo ajustó los cálculos de asignación para expresar con mayor precisión los volúmenes correspondientes a cada beneficiario.

La autorización se fundamenta en la Ley 8763, Ley de Requisitos de Desempeño para la Importación de Frijol y Maíz Blanco con Arancel Preferencial en Caso de Desabastecimiento, aprobada en 2009, y su reglamento de 2010.

Esta legislación establece un mecanismo para permitir importaciones con condiciones arancelarias preferenciales cuando la producción nacional resulta insuficiente para atender la demanda interna.