Auditoría a contrataciones por ₡103,94 millones encontró ausencia de estudios de mercado, incumplimientos de plazos y deficiencias en los controles para prevenir conflictos de interés.
La Contraloría General de la República (CGR) detectó un incumplimiento generalizado de la normativa de contratación pública en la Municipalidad de San Carlos, tras analizar una muestra de 48 procedimientos de compra por excepción realizados durante 2024 y 2025, por un monto adjudicado de ₡103,94 millones.
Los resultados constan en el informe de auditoría DFOE-LOC-IAD-00008-2026, emitido este 20 de octubre, en el cual el órgano contralor identificó fallas en la planificación de las adquisiciones, ausencia de estudios de mercado, incumplimientos de requisitos legales y deficiencias en los mecanismos de control y transparencia.
Durante los dos años examinados, el gobierno local tramitó 211 procedimientos de contratación por excepción, por un monto total de ₡488 millones. La Contraloría seleccionó aleatoriamente 48 expedientes para su revisión y examinó otras dos contrataciones bajo la modalidad de entrega según demanda.
Las contrataciones por excepción son mecanismos que permiten a las instituciones públicas adquirir bienes o servicios sin recurrir a los procedimientos ordinarios de licitación, siempre que exista alguna de las circunstancias expresamente autorizadas por la Ley General de Contratación Pública. Su utilización exige justificar y documentar que la excepción resulta procedente y responde al interés público.
Ausencia de estudios de mercado y justificación de precios
Uno de los principales hallazgos de la auditoría fue que en el 100% de los 48 expedientes revisados no se localizaron estudios de mercado ni análisis que acreditaran la razonabilidad de los precios. Esto significa que la Municipalidad no dejó documentadas las evaluaciones necesarias para justificar que los montos de las adquisiciones resultaban adecuados.
La Contraloría también determinó que en la totalidad de los expedientes no se acreditaron los motivos financieros y legales de las decisiones iniciales de contratación, mientras que en el 25% faltaban parámetros de control de calidad y en otro 25% existían diferencias en la designación del administrador del contrato.
Además, en el 31,25% de las decisiones iniciales no se vincularon los objetivos, metas e indicadores de las contrataciones con los planes operativos municipales. El informe señala que los planes de adquisiciones de 2024 y 2025 tampoco contemplaban expresamente la posibilidad de recurrir a procedimientos por excepción.
Incumplimientos en contrataciones con proveedores únicos
La contratación con proveedor único fue la excepción más utilizada por la Municipalidad de San Carlos durante el periodo examinado, con 107 procedimientos por ₡321,47 millones.
De los 27 expedientes de esta categoría seleccionados para la auditoría, 21 (78%) incumplieron el plazo mínimo de tres días hábiles que debe concederse para comprobar que ningún otro proveedor puede ofrecer el bien o servicio requerido.
Aunque en todos los expedientes se encontró la invitación correspondiente en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), la Contraloría determinó que no se respetó el plazo legal en esos 21 casos. Tampoco se incorporaron estudios de mercado ni análisis que justificaran los precios en ninguno de los 27 procedimientos examinados.
La auditoría encontró otras deficiencias en contrataciones de servicios artísticos, capacitaciones, publicidad y reparaciones indeterminadas.
En los dos expedientes relacionados con servicios artísticos y culturales, la Municipalidad no justificó suficientemente la elección de los artistas ni acreditó las características particulares que impedían recurrir a un registro de proveedores previamente calificados. Tampoco aportó análisis que respaldaran la razonabilidad de los precios.
En una contratación para una capacitación denominada "Ambiente Organizacional", no se encontraron documentos que demostraran que la actividad estaba abierta al público, requisito relacionado con la excepción utilizada, ni las razones para considerar que la alternativa seleccionada era la más conveniente.
Asimismo, en cuatro contrataciones de medios de comunicación no se documentaron los criterios para seleccionar los medios publicitarios en función del público al que se pretendía llegar, las necesidades institucionales y los costos.
En otros 14 procedimientos de reparaciones indeterminadas, el gobierno local no acreditó que careciera de un registro de talleres o proveedores previamente seleccionados mediante licitación. La Contraloría advirtió que esta omisión limita la posibilidad de garantizar la participación de oferentes, la competencia y la transparencia.
El informe también examinó dos contrataciones adicionales bajo la modalidad de entrega según demanda, registradas en SICOP con montos adjudicados de ₡1 y ₡5.
La Proveeduría Municipal explicó que esas cifras no representaban el valor económico real de los servicios, sino montos instrumentales utilizados para configurar las líneas de contratación dentro del sistema. Sin embargo, la Contraloría concluyó que esa práctica no se ajustaba a las disposiciones de la Ley General de Contratación Pública sobre la estimación del monto de las contrataciones.
Deficiencias en controles para prevenir conflictos de interés
La auditoría también identificó debilidades en la documentación que deben presentar los proveedores para demostrar que no están sujetos a prohibiciones legales para contratar con instituciones públicas.
La Municipalidad había establecido cuatro declaraciones juradas para comprobar el cumplimiento de estas restricciones. Sin embargo, en 34 de los 48 expedientes examinados (más del 70%) no se encontraron completas esas declaraciones.
Específicamente, en seis contrataciones (12%) no se incorporó ninguna de las cuatro declaraciones exigidas, mientras que en otras 28 (58%) solamente se adjuntaron algunas.
Estos documentos permiten verificar, entre otros aspectos, que las empresas o personas contratadas no están inhabilitadas, que no tienen prohibiciones legales para contratar con la Administración y que se identifica a sus beneficiarios finales.
La Contraloría también determinó que el procedimiento municipal para prevenir y detectar actos de corrupción contenía referencias legales desactualizadas y estaba dirigido exclusivamente al personal de Proveeduría, aunque otras dependencias municipales también participan en las contrataciones.
Si bien el municipio creó nuevas herramientas de control durante 2026, el informe señala que todavía no estaban incorporadas formalmente en los manuales de procedimientos y que su divulgación mediante correos electrónicos resultaba insuficiente para garantizar su utilización.
En materia de planificación, la auditoría encontró que los riesgos identificados por el Departamento de Proveeduría permanecieron sin modificaciones entre 2024 y 2026, al igual que sus causas, consecuencias y controles. También constató la ausencia de un plan formal de capacitación para el personal encargado de las compras, pese a que existían diagnósticos institucionales que identificaban esa necesidad.
La CGR advirtió que estas deficiencias reducen la capacidad institucional para demostrar que las contrataciones seleccionadas respondieron a las necesidades públicas y exponen los procedimientos a riesgos de discrecionalidad, conflictos de interés y debilitamiento de la transparencia.
Contraloría ordena medidas correctivas al alcalde
Ante los hallazgos, la Contraloría giró tres disposiciones de acatamiento obligatorio al alcalde de San Carlos, Juan Diego González Picado, o a quien ocupe ese cargo, para corregir las debilidades identificadas.
La primera disposición exige definir, formalizar, divulgar e implementar acciones estratégicas para mejorar la gestión de las contrataciones por excepción. Estas deben incluir la actualización de riesgos, la capacitación del personal y la vinculación de las compras con los planes de desarrollo municipal.
El alcalde deberá acreditar a más tardar el 29 de enero de 2027 que estas acciones fueron definidas, formalizadas y divulgadas, y presentar un informe sobre los avances de su implementación antes del 30 de abril de ese mismo año.
La segunda orden establece la revisión y actualización de los mecanismos de control interno y de la normativa municipal sobre contrataciones por excepción. La Municipalidad deberá informar los resultados de esa revisión el 26 de febrero de 2027, acreditar la formalización y divulgación de los instrumentos actualizados el 31 de mayo y demostrar su implementación antes del 30 de junio.
Finalmente, la Contraloría ordenó elaborar e implementar un plan de mantenimiento y sustitución de bienes que permita anticipar las necesidades institucionales y mejorar la planificación de las adquisiciones. Este instrumento deberá estar elaborado, formalizado y divulgado al 31 de marzo de 2027, con un informe de avance de implementación al 30 de abril.
El órgano fiscalizador recordó que sus disposiciones son obligatorias y que el incumplimiento injustificado de los plazos puede generar responsabilidades para los funcionarios encargados de ejecutarlas.
Como parte del procedimiento de auditoría, la Contraloría comunicó sus resultados preliminares a representantes municipales el 14 de octubre. La administración presentó observaciones el 16 de octubre, las cuales fueron valoradas por el órgano contralor e incorporadas al informe en lo pertinente.
