Las notas de crédito y débito deberán identificar mediante códigos específicos si se anula, corrige o sustituye un comprobante electrónico.
Las empresas y personas que emiten facturas electrónicas deberán tomar en cuenta cambios en la forma de corregir o anular comprobantes a partir del 1 de noviembre, según recordó la Cámara Costarricense de Pymes (CCP).
El cambio afecta las notas de crédito y notas de débito utilizadas para realizar ajustes sobre comprobantes ya emitidos. Estas deberán identificar mediante códigos específicos el motivo de la modificación.
La CCP indicó que las personas contribuyentes no necesitan cambiar su sistema de facturación, pues se mantiene la versión 4.4 de comprobantes electrónicos. Sin embargo, recomendó confirmar con el proveedor del sistema que este incorpore los códigos requeridos.
Los códigos señalados son:
- Código 13: anula un documento de referencia por error material.
- Código 14: corrige un monto por error material.
- Código 15: sustituye un comprobante electrónico por error material.
- Código 16: sustituye un comprobante electrónico rechazado.
Las especificaciones técnicas del Ministerio de Hacienda establecen además que los códigos 13 y 14 deben reflejar su efecto contable en el mismo periodo del comprobante que modifican. Cuando el código 13 requiera generar un nuevo comprobante, este deberá hacer referencia al anterior mediante el código 15.
La asesora tributaria y representante de la Junta Directiva de la CCP, Vanessa Vega, explicó que la modificación permitirá identificar con mayor detalle por qué se realizó cada ajuste y contrastarlo con la información declarada por las empresas en el impuesto al valor agregado (IVA).
La Cámara recomendó prestar especial atención a quienes generan directamente sus comprobantes electrónicos o delegan esa tarea en profesionales, para asegurarse de utilizar correctamente los códigos correspondientes.
CCP recomienda revisar sistemas antes de noviembre
Vega señaló que las herramientas tecnológicas utilizadas actualmente por Hacienda facilitan la detección de inconsistencias entre la información suministrada por los contribuyentes y sus declaraciones tributarias. La CCP recomendó a empresas y emprendimientos consultar antes del 1 de noviembre con su proveedor de facturación electrónica para verificar que el sistema utilizado permita seleccionar correctamente los nuevos motivos de referencia.
