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Diputada del PLN propone excluir de la regla fiscal los recursos públicos destinados a la Cruz Roja

La iniciativa de Iztarú Alfaro agregaría una nueva excepción a la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas para recursos provenientes de siete fuentes legales de financiamiento.

La diputada del Partido Liberación Nacional (PLN), Iztarú Alfaro Guerrero, presentó un proyecto de ley (expediente 25.806) que excluiría de la regla fiscal determinados recursos públicos destinados al financiamiento de la Benemérita Cruz Roja Costarricense.

La regla fiscal en Costa Rica es un mecanismo legal que limita el crecimiento del gasto público de las instituciones sujetas a ella según el nivel de endeudamiento del Gobierno y el crecimiento de la economía.

Para ello, el proyecto agregaría un nuevo inciso al artículo 6 de la Ley 9635, Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, que regula las excepciones a la aplicación de la regla fiscal.

La iniciativa incluiría los recursos destinados a la Cruz Roja provenientes de las siguientes disposiciones:

  • Artículos 1 y 5 de la Ley 8690, Contribución Parafiscal al Servicio de Telecomunicaciones.
  • Inciso b) del artículo 234 de la Ley 9078, Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial.
  • Artículos 2 y 3 de la Ley 5649, Ley de Financiamiento y Emisión de Timbres de la Cruz Roja.
  • Inciso e) del artículo 5 de la Ley 8114, Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias.
  • Inciso e) del artículo 15 y artículo 17 de la Ley 7972, Cargas tributarias sobre licores, cervezas y cigarrillos.
  • Inciso e) del artículo 8 de la Ley 8718, Distribución de rentas de las loterías nacionales.
  • Inciso h) del artículo 15 de la Ley 8461, Ley Reguladora de la Actividad Portuaria del Pacífico.

Todas esas disposiciones destinan recursos al financiamiento de la Cruz Roja.

Según explicó José Gerardo Barahona, subgerente administrativo de la institución, a CR Hoy el pasado 22 de setiembre, la Cruz Roja requiere un presupuesto operativo mínimo de ₡25.000 millones para mantener la atención básica durante este año.

De ese monto, un 40% corresponde a recursos públicos, mientras que el restante 60% debe obtenerse mediante otras fuentes, como fondos privados y donaciones. La cifra de ₡25.000 millones no contempla recursos adicionales para fortalecer la operación mediante mejoras en equipamiento u otros rubros.

Situación financiera y operativa

La exposición de motivos utiliza la situación financiera de la institución como una de las principales justificaciones para proponer la exclusión.

El texto señala:

Es de conocimiento generalizado por esta Asamblea, así como por la población costarricense, la grave situación financiera que atraviesa la Cruz Roja Costarricense y la dificultad para mantener las operaciones en sus comités, lo que ha acarreado el cierre recientemente de la sede de San Pablo y San Rafael de Heredia, aunado a ello, también se ha cesado (sic.) las operaciones del comité de Juan Viñas de Cartago y San Mateo de Alajuela”.

La exposición de motivos también cita información según la cual 66 de los 134 comités de la Cruz Roja se encuentran en riesgo de cierre por falta de recursos.

El documento destaca además otros servicios que presta la institución, además de la atención de emergencias. Entre ellos menciona rescates en zonas de difícil acceso, traslados de pacientes y la cobertura de actividades masivas.

La Cruz Roja también brinda servicios en conciertos mediante contratos cuyos ingresos reinvierte en la atención de emergencias. En otros casos participa mediante convenios o como acción social, como ocurre con el evento de fútbol 90 Minutos por la Vida, según señala la exposición de motivos.

La Cruz Roja fue declarada institución Benemérita de la Patria en 1989. La exposición de motivos señala su labor humanitaria, de auxilio y rescate como parte de la justificación para garantizar el acceso a las fuentes de financiamiento establecidas legalmente.

La institución también se encuentra a la espera de una transferencia de ₡1.500 millones por parte del Ministerio de Hacienda. Barahona explicó a CR Hoy que ese monto representa una ayuda temporal, pues equivale a tres quincenas de la planilla de la institución.

El proyecto sostiene que, aunque la Cruz Roja no forma parte de las instituciones públicas sujetas directamente a la regla fiscal, parte de los recursos públicos que financian sus operaciones sí pueden quedar afectados por ese mecanismo.

La iniciativa busca, por tanto, incorporar expresamente esas fuentes de financiamiento dentro de las excepciones contempladas en el artículo 6 de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

Alfaro presentó el proyecto ante la Asamblea Legislativa el 28 de setiembre de 2026. El expediente permanece pendiente de asignación a una comisión legislativa para iniciar su trámite.