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Imagen principal del artículo: Sala IV ordena a SETENA fiscalizar posibles impactos ambientales de proyecto extractivo en río Arío
Foto: Asociación Costarricense de Operadores de Turismo

Sala IV ordena a SETENA fiscalizar posibles impactos ambientales de proyecto extractivo en río Arío

El tribunal admitió un amparo contra la viabilidad ambiental otorgada en 2023 y dispuso una medida cautelar mientras resuelve el fondo del recurso.

La Sala Constitucional ordenó a la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) adoptar las medidas necesarias para fiscalizar si se producen los posibles impactos ambientales denunciados contra un proyecto de extracción de materiales en el cauce del río Arío, en Cóbano de Puntarenas.

La medida fue dictada este martes 11 de agosto al dar trámite al recurso de amparo 26-024877-0007-CO, presentado por Roberto Antonio de la Ossa Chacón contra SETENA.

Además de solicitar un informe al secretario general y al presidente de la Comisión Plenaria de SETENA en un plazo de tres días hábiles, la Sala recurrió a las potestades cautelares contempladas en el artículo 41 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y ordenó:

Adoptar las medidas necesarias a fin de fiscalizar si se producen o no los problemas ambientales que acusa la parte recurrente”.

La orden permanecerá vigente hasta que la Sala resuelva el recurso mediante sentencia o disponga otra cosa.

La resolución no suspende la viabilidad ambiental ni ordena paralizar expresamente el proyecto. Tampoco implica que la Sala haya determinado que las afectaciones denunciadas efectivamente existen, pues el fondo del amparo permanece pendiente de resolución.

Cuestionan efectos sobre biodiversidad del río

El recurso cuestiona la viabilidad ambiental otorgada por SETENA mediante la resolución 1078-2023-SETENA, del 19 de julio de 2023, correspondiente al expediente administrativo D1-0098-2023-SETENA.

El proyecto contempla la extracción de materiales áridos en una sección del río Arío mediante un método de extracción laminar y maquinaria móvil.

Según el resumen de los alegatos incorporado por la propia Sala en la resolución de admisibilidad, De la Ossa Chacón sostiene que durante inspecciones y muestreos realizados en el área se constató la presencia de especies asociadas al ecosistema fluvial, entre ellas nutrias (Lontra longicaudis), camarones dulceacuícolas y peces chupapiedras (Sicydium salvini).

El recurrente también señala que durante los muestreos se observó la migración de ejemplares juveniles de camarones y peces aguas arriba.

De acuerdo con su planteamiento, los propios estudios técnicos incorporados al expediente ambiental recomendaron monitorear esas migraciones y posponer las labores cuando estuvieran ocurriendo, con el fin de no obstaculizar los ciclos de vida de las especies.

Sin embargo, el recurrente alega que la autorización ambiental no incorporó estudios específicos ni medidas suficientes de prevención, mitigación o restauración frente a posibles afectaciones sobre el recurso hídrico y la biodiversidad. También cuestiona que la variable climática haya sido considerada adecuadamente durante la evaluación.

Amparo también cuestiona participación ciudadana

Otro de los argumentos del recurso se refiere al proceso de participación de la comunidad.

De la Ossa Chacón sostiene que el estudio social utilizado durante la evaluación ambiental se habría basado en una entrevista o reunión con una sola persona, lo cual, según afirma, resulta insuficiente para conocer las condiciones sociales de la comunidad y garantizar los derechos de información y participación ciudadana.

Los cuestionamientos contra esta viabilidad ambiental no son nuevos.

En noviembre de 2025, Delfino.CR informó que el abogado ambientalista Álvaro Sagot Rodríguez, organizaciones y vecinos de Cóbano solicitaron a SETENA anular la misma licencia ambiental.

Aquella gestión cuestionó, entre otros aspectos, la falta de evaluación de la variable climática, los posibles impactos sobre la nutria y otras especies del ecosistema fluvial y la participación ciudadana durante la evaluación del proyecto.

La nueva resolución de la Sala Constitucional no prejuzga sobre esos reclamos, pero sí obliga a SETENA a mantener una fiscalización preventiva sobre los problemas ambientales denunciados mientras el tribunal estudia el fondo del amparo.