Cuatro oficialistas firmaron un dictamen que calificó de “manifiesta violación” a la Constitución imponer nuevas condiciones a pensiones ya otorgadas; días después celebraron la propuesta de Laura Fernández para eliminar también los pagos actuales.
Cuatro diputados del Partido Pueblo Soberano (PPSO) respaldaron un dictamen legislativo que calificó de “manifiesta violación” al principio constitucional de irretroactividad imponer nuevas restricciones a las pensiones de expresidentes que ya se encuentran en curso de pago. Días después, integrantes de esa misma bancada comenzaron a defender públicamente el proyecto presentado por la presidenta Laura Fernández Delgado, que pretende eliminar el régimen especial y alcanzar también las pensiones actualmente otorgadas.
Los oficialistas Esmeralda Britton González, Roberth Barrantes Camacho, Anna Katharina Müller Castro y Royner Mora Ruiz firmaron el dictamen negativo de mayoría contra el expediente 24.793, iniciativa presentada por el Frente Amplio para eliminar hacia futuro el régimen especial y establecer reglas para suspender el pago a quienes actualmente disfrutan de la prestación cuando cuentan con otras fuentes de ingresos.
Entre la fecha de votación negativa del proyecto del FA, y la presentación y apoyo público al proyecto de Fernández, pasaron apenas ocho días.
El argumento constitucional de que la ley no puede ser retroactiva ocupa un lugar central en el documento firmado por los diputados oficialistas. Su dictamen sostuvo que aplicar nuevas restricciones a los actuales pensionados chocaría con la protección de los derechos adquiridos y las situaciones jurídicas consolidadas establecida en el artículo 34 de la Constitución Política, y acusó al proyecto de intentar una "aplicación retroactiva y restrictiva sobre las pensiones en curso de pago mediante reglas de suspensión severas":
Por la manifiesta violación al principio de irretroactividad (Artículo 34 constitucional), las deficiencias técnicas de sus umbrales, el nulo impacto en el ahorro presupuestario real y el riesgo de litigiosidad contra el Estado, las suscritas diputaciones [...] recomienda[n] el ARCHIVO DEFINITIVO DEL EXPEDIENTE EN CITA".
El documento incluso incorporó un criterio emitido anteriormente por el Departamento de Servicios Técnicos para un proyecto de contenido similar, según el cual la potestad legislativa para eliminar el régimen no permitiría afectar las pensiones que ya constituyen derechos adquiridos.
La discrecionalidad legislativa para la derogatoria del Régimen de Pensiones de los Expresidentes de la República, no alcanza para eliminar o modificar los beneficios de ese régimen en lo relativo a derechos adquiridos ni condicionarlos al cumplimiento de requisitos so pena de eliminarlos".
El dictamen negativo al proyecto del Frente Amplio fue redactado por el despacho de la diputada Esmeralda Britton González. Sin embargo, ella celebró días después en sus redes sociales la iniciativa presentada por Fernández. En una publicación en Facebook titulada “Jaque mate político”, la legisladora señaló que la decisión de la presidenta de presentar un nuevo proyecto para eliminar las pensiones de expresidentes "cambió por completo el debate".
Ahora la Asamblea tiene una oportunidad clara: demostrar con votos si realmente existe voluntad de acabar con estos privilegios".
Britton añadió que el proyecto "pone a cada partido frente a sus propias posiciones y elimina las excusas" y aseguró que ya no se trata de discursos, sino de que cada bancada asuma "una decisión de cara al país".
El también oficialista Roberth Barrantes Camacho, quien firmó el mismo dictamen negativo, defendió el proyecto del Ejecutivo en un video publicado en sus redes sociales y ofreció una explicación distinta a la que consta en el documento legislativo para justificar por qué su bancada se opuso a la iniciativa del Frente Amplio:
Llega el Frente Amplio y propone que se vuelen las pensiones de lujo, pero que la reforma no toque a los dichosos, solo a Rodrigo Chaves, Laura Fernández y de ahí en adelante. Nuestra fracción se opuso a este proyecto".
Esa afirmación no coincide con el contenido del expediente 24.793. Aunque el proyecto del Frente Amplio protegía la existencia del derecho adquirido de quienes ya reciben la pensión, sí establecía nuevas condiciones para los beneficiarios actuales y permitía suspenderles el pago dependiendo de sus otros ingresos.
La iniciativa planteaba que un expresidente, expresidenta o causahabiente que ya recibiera la pensión tendría que demostrar ante la Dirección Nacional de Pensiones que percibía de otras fuentes ingresos mensuales inferiores a tres salarios base. En caso contrario, el pago de la pensión se suspendería.
También establecía la suspensión cuando posteriormente los ingresos del beneficiario superaran determinado umbral y disponía que quien recibiera una pensión del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social, del Magisterio Nacional o del Poder Judicial tampoco podría continuar cobrando simultáneamente la pensión especial de expresidente.
De hecho, el dictamen negativo firmado por Barrantes reconoció expresamente ese alcance. El documento cuestionó que el Frente Amplio pretendiera imponer reglas de suspensión sobre "las pensiones en curso de pago", precisamente el argumento utilizado para sostener que el proyecto violentaba el principio de irretroactividad.
La propuesta del Frente Amplio buscó esa fórmula tomando en consideración jurisprudencia de la Sala Constitucional sobre situaciones jurídicas consolidadas. Sus proponentes reconocieron que eliminar directamente prestaciones ya otorgadas podía encontrar límites constitucionales y plantearon, en cambio, suspender el pago bajo determinadas condiciones económicas sin extinguir el derecho.
Para justificar esa posibilidad, el proyecto se apoyó en el Convenio 102 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la norma mínima de seguridad social, ratificado por Costa Rica. El convenio permite que la legislación nacional contemple suspensiones en prestaciones no contributivas cuando las ganancias u otros recursos de quien las recibe superen determinado valor:
La legislación nacional podrá suspender la prestación si la persona que habría tenido derecho a ella ejerce ciertas actividades remuneradas prescritas, o podrá reducir las prestaciones contributivas cuando las ganancias del beneficiario excedan de un valor prescrito, y las prestaciones no contributivas, cuando las ganancias del beneficiario, o sus demás recursos, o ambos conjuntamente, excedan de un valor prescrito [...]."
Pese a esa diferencia, el dictamen negativo firmado por los cuatro oficialistas sostuvo que incluso esas restricciones constituían una aplicación retroactiva sobre derechos previamente consolidados. La recomendación final del documento mencionó expresamente esa supuesta violación constitucional como una de las razones para rechazar el expediente.
