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Nogui Acosta propone regreso de publicidad privada en postes de alumbrado público

El diputado oficialista Nogui Acosta Jaén presentó un proyecto de ley que plantea abrir la puerta para que empresas privadas vuelvan a colocar publicidad comercial en postes de alumbrado y otras infraestructuras públicas.

La iniciativa que se tramitará bajo el expediente expediente 25.680, modifica varias de las normas que la Contraloría General de la República (CGR) utilizó en octubre de 2025 para declarar ilegal un acuerdo comercial suscrito entre la Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL) y una empresa privada para vender espacios publicitarios en postes de alumbrado público, y ordenara el retiro de la publicidad.

La iniciativa incluiría entre las modalidades permitidas la “publicidad integrada a infraestructura pública” y define el mobiliario urbano como aquellos elementos instalados en espacios públicos que cumplen funciones colectivas y pueden incorporar publicidad. También permite cualquier otra modalidad que surja mediante innovación tecnológica.

En octubre de 2025 la CGR señaló que la legislación vigente prohíbe categóricamente la publicidad comercial en postes de alumbrado público. El órgano contralor sustentó su criterio en el artículo 30 de la Ley de Construcciones, el artículo 227 de la Ley de Tránsito y los artículos 6, 46 y 52 del Reglamento de los Derechos de Vía y Publicidad Exterior.

La Ley de Construcciones prohíbe los anuncios colocados mediante postes de servicios públicos, mientras que la Ley de Tránsito impide instalar dentro del derecho de vía rótulos o anuncios con fines exclusivamente publicitarios. El reglamento del MOPT también prohíbe expresamente los rótulos en postes de alumbrado público y cualquier forma de publicidad comercial dentro de los derechos de vía.

Pese a esas restricciones, la CNFL y una empresa privada dedicada a la publicidad exterior suscribieron en setiembre de 2024 un acuerdo por cinco años para comercializar espacios en postes ubicados en varias rutas nacionales. La empresa podía instalar anuncios y vender esos espacios a terceros, mientras la CNFL facilitaba el uso de la infraestructura.

El Departamento de Inspección Vial y Demoliciones del MOPT concedió posteriormente un permiso por cinco años para instalar los anuncios. Otro departamento del Ministerio autorizó los cierres parciales de distintas rutas nacionales requeridos para colocar los elementos publicitarios.

La Contraloría concluyó que ambas instituciones actuaron contra prohibiciones legales y reglamentarias que ya conocían. Además de cuestionar el aprovechamiento privado de bienes de dominio público, el órgano contralor advirtió que los anuncios podían distraer a los conductores, interferir con señales de tránsito o desprenderse durante condiciones climáticas adversas.

El proyecto de Acosta derogaría el artículo 227 de la Ley de Tránsito, una de las normas que sustentaron las órdenes de la Contraloría. También eliminaría los incisos de esa ley que definen los anuncios, los anuncios informativos y los rótulos. La iniciativa dispone además la derogación de las normas incompatibles del capítulo VII de la Ley de Construcciones, dedicado a los anuncios.

El proyecto además ordena al Poder Ejecutivo emitir un nuevo reglamento en los seis meses siguientes a la entrada en vigor de la ley, y señala que los permisos concedidos bajo el reglamento actual (Decreto Ejecutivo 29253-MOPT) mantendrían su vigencia hasta el vencimiento.

La propuesta asignaría al MOPT la regulación de los anuncios ubicados dentro del derecho de vía de la red vial nacional o en propiedades adyacentes, aunque limita su intervención a la seguridad vial y la protección del derecho de vía.

Se establece también que las personas o empresas dedicadas a la actividad necesitarían una autorización del MOPT con una vigencia de 15 años, renovable por períodos iguales. Cada estructura requeriría además un permiso de instalación por 10 años, también renovable.

El Ministerio tendría 30 días naturales para resolver una solicitud de autorización. Cuando venza el plazo sin una respuesta, el interesado cumpla los requisitos legales y no exista una prohibición expresa o un riesgo técnico acreditado, operaría el silencio positivo administrativo.

Los requisitos para instalar una estructura incluirían la descripción, ubicación e identificación del titular, una póliza de responsabilidad civil y las condiciones técnicas necesarias para garantizar la seguridad vial.

La iniciativa también busca regular vallas, pantallas electrónicas, anuncios informativos, muros publicitarios y mobiliario urbano. El proyecto adopta el principio de neutralidad tecnológica, según el cual ninguna tecnología podrá restringirse sin una justificación objetiva, verificable y motivada por razones de seguridad vial o interés público.

Ese apartado atiende parcialmente otra orden que la Contraloría giró al MOPT en octubre de 2025. La CGR constató que el Ministerio conocía desde 2013 la necesidad de regular las pantallas digitales y que Lanamme entregó desde 2014 recomendaciones sobre movimiento, luminosidad, ubicación y tiempos de transición, pero el MOPT todavía no había emitido reglas específicas.

La Contraloría ordenó al Ministerio elaborar esa regulación técnica, inventariar las vallas y pantallas instaladas en rutas nacionales de la Gran Área Metropolitana y definir cuáles podían regularizarse y cuáles debían demolerse. También exigió un plan para fortalecer la capacidad del departamento encargado de inspeccionar y retirar estructuras ilegales.

El proyecto propone crear un Registro Nacional de Publicidad Exterior digital y de acceso público, en el cual aparecerían las autorizaciones, permisos, sanciones, renovaciones y revocatorias. Cada anuncio o estructura tendría que llevar una identificación visible que permita comprobar su titularidad, ubicación y vigencia.

La iniciativa no asigna, sin embargo, nuevos recursos, maquinaria o personal al MOPT. La Contraloría determinó que el Departamento de Inspección Vial y Demoliciones contaba con una estructura reducida para cubrir todo el país y carecía de grúas y personal idóneo para ejecutar algunas órdenes de retiro.

El proyecto clasificaría las infracciones como leves, graves y muy graves. Las multas oscilarían entre el 25% y el doble de la sanción correspondiente a la categoría B de la Ley de Tránsito, según la gravedad, el riesgo generado, la reincidencia, la conducta posterior del responsable y el beneficio económico obtenido.

La instalación de estructuras sin permiso, su permanencia después de una orden firme de retiro y la existencia de un riesgo grave para la seguridad vial constituirían infracciones muy graves. Cuando la irregularidad pueda corregirse y no produzca un peligro inmediato, la Administración deberá prevenir primero al responsable antes de imponer una sanción.

Breves

Con 50 votos a favor y 0 en contra se aprobó en primer debate el expediente 25.244 "Ley para facilitar la negociación de valores extranjeros en Costa Rica mediante la implementación del reconocimiento de jurisdicción y la participación de inversionistas no domiciliados por medio de la operación remota de intermediarios bursátiles extranjeros".

Con 41 votos a favor y 8 en contra se aprobó una moción de plazo cuatrienal para el expediente 23.263 "Prohibición de la Doble Postulación a Cargos de Elección Popular".

— Este jueves se dio el cierre del primer período de sesiones extraordinarias del Congreso. Un total de 16 proyectos de ley fueron aprobados en segundo debate durante estos primeros tres meses de gestión.

Proyectos dictaminados

Este jueves no se reportaron proyectos dictaminados en las comisiones.

Leyes publicadas

Este jueves no se publicaron nuevas leyes en La Gaceta.