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Asamblea aprueba proyecto para que sociedades no tengan que pagar por registrar un correo electrónico

El texto aprobado permitirá inscribir el correo electrónico para notificaciones por medio de una declaración jurada del representante legal.

El plenario de la Asamblea Legislativa aprobó en segundo debate este martes el proyecto de ley que permitirá a las sociedades mercantiles del país inscribir un correo electrónico como medio de notificación, sin necesidad de realizar un acto notarial para tales efectos. El proyecto fue aprobado de forma unánime, con 55 congresistas presentes.

El proyecto, tramitado bajo el expediente 25.094, fue presentado por el exdiputado del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), Carlos Felipe García Molina, y modificado por la actual Asamblea Legislativa para facilitar el trámite de inscripción del correo electrónico ante el Registro Público.

El texto aprobado modifica el artículo 19 del Código de Comercio para establecer que "el acto de inclusión o modificación del correo electrónico en el domicilio social, como medio oficial de notificación, podrá realizarse además mediante una declaración jurada del representante legal, en un documento electrónico con firma digital certificada, para lo cual no se requerirá escritura pública ni protocolización de acta".

Según informó el Registro Público al 29 de mayo todavía habían 294.806 sociedades pendientes de inscribir el correo electrónico como medio de notificación.

Adicionalmente, el texto aprobado amplía el plazo para que las sociedades inscriban el correo electrónico, que originalmente vencía el 4 de junio, pero el Registro Público lo extendió hasta el 4 de setiembre. Una vez que la reforma sea firmada por el Poder Ejecutivo y publicada en el Diario Oficial La Gaceta, las personas jurídicas tendrán hasta 18 meses para completar este trámite.