Según informó el Registro 294.806 sociedades todavía están pendientes de inscribir el correo electrónico como medio de notificación.
La Junta Administrativa del Registro Nacional informó la ampliación del plazo para que las sociedades inscriban un correo electrónico como medio de notificación hasta el 4 de setiembre. La extensión de plazo fue publicada en este jueves en el Diario Oficial La Gaceta.
La obligación deriva de la reforma al artículo 18 inciso 10) del Código de Comercio, de los transitorios I y II de la Ley 10.597 y de la directriz DPJ-002-2025, publicada en La Gaceta N.° 98 del 30 de mayo de 2025. El plazo para cumplir con este requisito vencía el próximo 4 de junio, sin embargo, el Registro informó que solo 80.130 sociedades han realizado el trámite y todavía hay 294.806 sociedades pendientes, por lo que acordó prorrogar el plazo.
Una vez que se cumpla el plazo, el próximo 4 de setiembre, el Registro de Personas Jurídicas no inscribirá ningún documento relativo a una sociedad, si esta no cuenta con una dirección de correo electrónico registrada.
Al justificar la extensión de plazo, el Registro indicó:
A pesar del término de un año dado a partir del 4 de junio del 2025, el salto que hubo sólo en abril y mayo de este año 2026 representa el 33,5% de todas las solicitudes recibidas. Es decir, un tercio de las solicitudes se concentraron en los dos últimos meses y a pesar de que el Registro Nacional ha tomado las medidas administrativas urgentes y necesarias para procurar calificar los documentos dentro del plazo legal establecido, la cantidad de documentos evidentemente sobrepasan en este momento la capacidad instalada del Registro de Personas Jurídicas, por el incremento de un 300% de solicitudes de calificación".
El trámite de inscripción del correo electrónico, debe realizarse mediante una escritura pública notarial del representante o apoderado, o mediante la protocolización del acta presentada en la Ventanilla Digital. La institución recordó que, si la escritura es solo para este acto, no requiere timbres, pero requiere la participación de un notario público, lo cual tiene un costo que ronda los 100.000 colones.
La Asamblea Legislativa tiene en trámite un proyecto de ley (expediente 25.094) para que la inscripción del correo pueda realizarse sin requerir un acto notarial. Ese proyecto fue retrotraído a primer debate y el texto de consenso sería acogido este jueves, para luego votarse en primer y segundo debate la próxima semana.
