En octubre de 2025 el Concejo Municipal de San José sancionó a Diego Miranda con una suspensión de 15 días sin goce de salario.
El pasado viernes 24 de abril el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José acogió una medida cautelar a favor del alcalde de San José, Diego Miranda Méndez, y dejó sin efecto la suspensión de funciones con 15 días sin goce de salario que le había impuesto el Concejo Municipal el 21 de octubre de 2025.
El tribunal consideró que, en el procedimiento administrativo disciplinario seguido en su contra, se habrían vulnerado derechos fundamentales, incluyendo posibles vicios de competencia, nulidades y violaciones al debido proceso.
La medida también establece que dicha sanción no podrá ejecutarse hasta que exista una sentencia firme en el proceso de conocimiento que se tramita bajo el expediente 26-001031-1027-CA.
El Contencioso Administrativo sustentó su decisión de acoger la medida cautelar en tres elementos centrales. En primer lugar, consideró que existe una apariencia de buen derecho, al estimar que los argumentos del demandante, relacionados con una eventual falta de competencia del Concejo Municipal para imponer la sanción, no resultan temerarios ni infundados, sino que plantean dudas razonables que deben analizarse en el proceso de fondo.
En segundo término, el tribunal determinó que se configura un peligro en la demora, ya que la ejecución de la sanción podría generar un daño grave al actor, particularmente en su esfera patrimonial, al tratarse de una suspensión sin goce de salario. El juzgador señaló que este perjuicio es concreto, verificable y susceptible de agravarse mientras se resuelve el proceso principal, lo que justifica una intervención cautelar para evitar que la eventual sentencia pierda eficacia.
Por último, el tribunal concluyó que la suspensión del acto administrativo no produce una afectación grave al interés público, mientras que el daño al demandante sí reviste mayor entidad.
“El Tribunal acogió con lugar esta medida cautelar, reconociendo que hay elementos que deben analizarse a fondo", dijo Miranda Méndez.
Siempre he actuado con apego a la legalidad y al deber de probidad que exige la función pública. Ningún funcionario puede ser sancionado fuera de las competencias legales ni mediante procedimientos con vicios. Por eso acudí al Poder Judicial”.
Agregó:
Se demuestra que hemos tenido la razón sobre la gravedad de los efectos de un acuerdo tomado de forma irresponsable y al final fue una buena decisión de mi parte seguir mis labores con normalidad y no abandonar mis funciones como alcalde haciendo valer la responsabilidad que el pueblo me encomendó”.
ANAI respalda decisión
La Asociación Nacional de Alcaldías e Intendencias (ANAI) expresó su respaldo al alcalde de San José, tras la resolución emitida por el tribunal.
"La resolución del tribunal refuerza la necesidad de que toda actuación administrativa se ajuste estrictamente al marco de competencia definido por el ordenamiento jurídico, evitando extralimitaciones que puedan comprometer la institucionalidad y la gobernanza local", indicó la ANAI.
Asimismo, destacaron que "la defensa del Estado de Derecho y de reglas claras en la distribución de competencias es fundamental para garantizar una gestión municipal sólida, transparente y respetuosa del ordenamiento jurídico".
Bernal Vargas, director ejecutivo de ANAI, añadió:
Creemos que esto sienta un precedente para que no se den situaciones similares en otras municipalidades y se entienda claramente que no existe una posición de jerarquía del concejo municipal hacia los alcaldes ni de los alcaldes al concejo municipal, sino que ambos cuerpos deben marchar coordinadamente para que la gestión de las municipalidades sean las esperadas por todos los ciudadanos".
La razón de la sanción
En octubre del año anterior, el Concejo Municipal de San José acordó sancionar al alcalde tras concluir que incurrió en una violación al principio de legalidad y al deber de probidad.
La medida se vincula con su participación en un concurso público por $830.000 (unos 427,4 millones de colones) destinado a la compra de vehículos eléctricos, que ya había sido adjudicado. Según el informe, el alcalde pidió anular el proceso sin contar con respaldo técnico, financiero ni jurídico
Además, el Concejo determinó que Miranda omitió incluir los recursos presupuestarios necesarios para ejecutar el contrato y desatendió acuerdos firmes previamente adoptados.
La sanción, aprobada con nueve votos a favor y dos en contra, se fundamentó de acuerdo al Consejo en normativa del Código Municipal, la Ley General de Administración Pública, la Ley de Contratación Pública y la Ley contra la Corrupción, al considerar que estas acciones podrían exponer a la municipalidad a reclamos y posibles sanciones económicas.
