La Comisión de Asuntos Sociales rechazó la iniciativa del Ejecutivo en noviembre, en una votación de un voto a favor y seis en contra.
El gobierno de Rodrigo Chaves Robles presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) una solicitud de opinión consultiva sobre el proyecto de ley que buscaba imponer un tope a las pensiones otorgadas por regímenes distintos al de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), dos meses después de que la iniciativa fuera rechazada en la Comisión de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa.
La gestión fue anunciada este jueves 15 de enero por el Poder Ejecutivo, y la oficina de prensa de la Corte Interamericana confirmó este viernes a Delfino.cr la recepción de la solicitud, la cual deberá ahora iniciar sus primeras etapas de análisis de admisibilidad.
Un año atrás, el presidente Chaves anunció en conferencia de prensa que, tras la presentación a la corriente legislativa del expediente 24.786, denominado “Luchando por la Justicia del Sistema de Pensiones del Sector Público”, el Ejecutivo presentaría una solicitud de criterio a la Corte Interamericana en caso de que el Congreso o la Sala Constitucional pusieran trabas a la iniciativa.
A pesar de que el proyecto fue rechazado por la Comisión de Asuntos Sociales desde inicios de noviembre del año pasado, la consulta fue presentada dos meses después.
El proyecto de ley pretendía topar las pensiones del Poder Judicial, el Magisterio Nacional y las cargadas al Presupuesto Nacional al monto máximo que otorga la CCSS en su régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), una medida distinta a la que actualmente rige en el país, que es el cobro de “contribuciones especiales solidarias” a las pensiones más altas, cuyos recursos se redistribuyen dentro de cada régimen.
En aquella ocasión, Chaves indicó que la consulta se fundamentaría en el artículo 64 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y que consistiría en una consulta sobre la interpretación de diversos artículos de la Convención y del Protocolo de San Salvador, así como su compatibilidad con el proyecto de ley.
Aunque el mandatario afirmó inicialmente que la consulta estaba “lista”, luego señaló que se encontraba en etapa preparatoria, por lo que pidió a los periodistas no solicitar el documento. Al anunciar la interposición de la consulta esta semana, el gobierno tampoco dio a conocer el contenido del escrito presentado ante la Corte.
¿Qué es la solicitud de opinión consultiva en la Corte Interamericana?
La solicitud de opinión consultiva es un mecanismo previsto en el artículo 64 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos que permite a los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA) y a órganos de esta consultar a la Corte Interamericana sobre cuestiones jurídicas relacionadas con la interpretación de la Convención u otros tratados de derechos humanos.
Mediante este mecanismo, la Corte puede esclarecer el alcance y contenido de los derechos y obligaciones establecidos en dichos instrumentos, mientras que los Estados pueden consultar si una ley o práctica nacional resulta compatible con la Convención Americana.
Si bien el Reglamento de la CorteIDH se refiere a la revisión de “leyes”, el tribunal ha sostenido que este concepto no debe interpretarse de manera restrictiva, por lo que también pueden someterse a consulta proyectos de ley o incluso proyectos de reforma constitucional.
No obstante, la propia Corte ha advertido que las solicitudes de opinión consultiva no deben utilizarse como mecanismos para encubrir controversias internas, ni como instrumentos de debate político interno, ni para resolver cuestiones de hecho.
Este criterio resulta relevante en este caso, dado que la consulta presentada por el Ejecutivo versa sobre un proyecto legislativo que no se encuentra vigente y cuyo trámite fue cerrado tras un dictamen negativo.
En 1991, por ejemplo, la Corte rechazó una solicitud de opinión consultiva planteada por el Estado costarricense al considerar que se intentaba utilizar el mecanismo de forma ilegítima para resolver una controversia que eventualmente debía dirimirse en el sistema interamericano.
De acuerdo con información conocida por Delfino.cr, la solicitud fue presentada por el gobierno pese a existir advertencias técnicas internas sobre su inviabilidad jurídica dentro de los parámetros establecidos por la propia Corte Interamericana. Este medio solicitó confirmación de ello al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y se encuentra a la espera de una respuesta.
Proyecto rechazado
La Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa rechazó el proyecto de ley presentado por el Poder Ejecutivo a inicios de noviembre, en una votación de un voto a favor y seis en contra.
En su dictamen, la comisión señaló que la iniciativa presentaba problemas de constitucionalidad, técnica legislativa y razonabilidad. Entre otros aspectos, advirtió que el texto trasladaba a la CCSS la facultad de definir parámetros para regímenes que no administra, lo que, a criterio del órgano legislativo, vulneraba principios de competencia y autonomía institucional.
El informe también alertó sobre posibles conflictos con el principio de irretroactividad de la ley y con la protección de los derechos adquiridos, así como la ausencia de estudios actuariales específicos que justificaran la proporcionalidad de la medida para cada régimen afectado.
Durante el trámite legislativo, la comisión consultó a diversas instituciones públicas y entes técnicos. La mayoría de las respuestas se pronunciaron en contra del proyecto, entre ellas universidades públicas, la Superintendencia General de Pensiones, la Junta Administradora del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial y la Corte Suprema de Justicia.
Ahora corresponderá a la Corte Interamericana determinar si la solicitud presentada por el Estado costarricense cumple los requisitos de admisibilidad establecidos en su jurisprudencia y si procede emitir una opinión sobre el fondo del asunto.



