Proyecto de ley impulsa verificación obligatoria de edad y controles parentales estrictos.
La diputada María Marta Carballo Arce, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC) presentó este martes un proyecto de ley que busca prohibir el acceso de personas menores de 14 años de edad a plataformas digitales y redes sociales, citando una recopilación de estudios que advierten sobre efectos psicológicos, emocionales y sociales vinculados al uso temprano e intensivo de estos servicios.
La iniciativa, que se tramitará bajo el expediente 25.336, plantea un marco jurídico que obligaría a las empresas tecnológicas a verificar la identidad de sus usuarios y a implementar herramientas de seguridad y supervisión parental.
El texto sostiene que la masificación del acceso a internet ocurrió a un ritmo que dejó sin protección suficiente a la población menor de edad. "Aunque niños y adolescentes son usuarios masivos de redes sociales, la mayoría de estas plataformas fueron diseñadas sin considerar sus necesidades, derechos ni vulnerabilidades", advierte la exposición de motivos. Entre los problemas identificados menciona ciberacoso, grooming, sextorsión, manipulación algorítmica, exposición a contenido sexual o violento, afectaciones al sueño, pérdida de privacidad y trastornos de imagen corporal.
La propuesta afirma que el uso intensivo de estas aplicaciones mantiene correlación con síntomas depresivos, disrupciones en áreas cerebrales relacionadas con el aprendizaje y la emoción, o reducción de relaciones sociales. El documento sostiene además que distintos estudios internacionales revelan que no es solo el acceso, sino la intensidad del uso lo que puede ser perjudicial para el desarrollo de los menores .
El proyecto establece que ninguna persona menor de 14 años podrá crear ni usar cuentas en plataformas digitales con interacción social. Únicamente permitiría versiones infantiles certificadas, sin algoritmos de recomendación basados en interacción y con controles parentales activos. Además, prohíbe cualquier publicidad personalizada dirigida a menores.
La iniciativa exige que padres, madres o encargados supervisen activamente el cumplimiento de esta prohibición. También asigna al Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt) y a la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) tareas de vigilancia y seguimiento para garantizar su ejecución.
Para los usuarios de entre 14 y 18 años, las plataformas deberán incorporar mecanismos de verificación de edad. Como mínimo, deberán solicitar la Tarjeta de Identidad de Menores (TIM) emitida por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) como instrumento obligatorio para demostrar la mayoría digital y autorización expresa y verificable de las personas encargadas. El proyecto establece que ningún menor de edad podrá administrar cuentas de tipo no personal, como páginas o comunidades.
El articulado incluye una lista amplia de obligaciones para las plataformas que operen en el país. Entre ellas se encuentran:
- Desactivar por defecto funciones consideradas adictivas, como scroll infinito, reproducción automática y sistemas que incentiven uso compulsivo.
- Limitar algoritmos basados exclusivamente en señales de interacción.
- Detectar y bloquear contenido sexual o violento dirigido a menores y patrones de grooming.
- Activar paneles de supervisión parental para establecer límites de tiempo, revisar actividad e incluso bloquear contactos.
- Verificar requisitos de edad y eliminar cuentas que incumplan las reglas.
- Proteger la privacidad de los menores y habilitar canales de denuncia accesibles.
- En plataformas de videojuegos, desactivar chats de voz por defecto para cuentas de menores y aplicar filtros estrictos en los textos.
- En aplicaciones con inteligencia artificial conversacional, exigir verificación de identidad y controles parentales, además de advertencias claras cuando el usuario interactúe con un sistema no humano.
El proyecto asigna a la Sutel las funciones de fiscalización y sanción. Las multas previstas oscilan entre 15 y 50 salarios base, según la gravedad de la infracción. Con el salario base actual de ₡462.200, una multa mínima equivaldría a aproximadamente ₡6,9 millones, mientras que la máxima rondaría los ₡23,1 millones.
En casos de reincidencia, el monto subiría a un rango de 30 a 50 salarios base. El proyecto dispone además que Sutel también podría ordenar rediseños de funcionalidades, suspensiones temporales, publicación de sanciones y multas diarias adicionales por incumplimiento de órdenes administrativas.
El proyecto cita la II Encuesta Kids Online de Costa Rica, elaborada con apoyo de Unicef, Fundación Paniamor y la Universidad de Costa Rica. El estudio determinó que el 89,2% de los menores entrevistados tiene acceso a internet y que la edad promedio del primer teléfono móvil es 9 años. Asimismo, señala que un 20% sufrió maltrato en línea, un 40% reportó ciberacoso por parte de un amigo y un 34,3% por parte de desconocidos. Además, un 12% afirmó recibir mensajes sexuales y un 3% indicó que procedían de una persona adulta.
El estudio también refleja que un 4,7% de los menores se encontró en persona con desconocidos con quienes interactuó por internet.
La propuesta compila ejemplos de legislaciones recientes en Europa y América Latina. Australia fijó una edad mínima de 16 años para tener cuentas en redes sociales y estableció multas de hasta 50 millones de dólares australianos para empresas incumplientes. España elevó la edad mínima a 16 años y obligó a fabricantes y plataformas a implementar sistemas efectivos de verificación y control parental.
El proyecto también menciona la prohibición del uso de celulares en centros educativos en Francia, la exigencia de medidas de seguridad reforzadas en Reino Unido, y restricciones al uso de dispositivos electrónicos en Brasil, Chile y Ecuador.
El texto afirma que estas experiencias demuestran una tendencia global a regular el acceso de menores a espacios digitales para resguardar su integridad.
Dado que la Asamblea se encuentra actualmente en período de sesiones extraordinarias, la iniciativa requiere ser convocada por el Poder Ejecutivo para poder iniciar su trámite legislativo.
Breves
— Con 39 votos a favor y 2 en contra se aprobó en primer debate el expediente 25.295 "Cuarto Presupuesto Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2025 y Cuarta Modificación Legislativa de la Ley N°10.620, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2025, del 6 de diciembre de 2024".
— Con 41 votos a favor y 0 en contra se aprobó en segundo debate el expediente 23.234 "Ley de fomento y promoción de la competencia en el mercado de medicamentos".
Proyectos dictaminados
— La Comisión de Ambiente dictaminó afirmativamente el expediente 24.300 "Ley para la Resiliencia Climática de Costa Rica: y Creación de la Dirección de Cambio Climático".
Leyes publicadas
En el Alcance N.° 157 a La Gaceta N.° 231 del martes 9 de diciembre de 2025 se publicaron y entraron a regir las siguientes leyes:
— Ley 10.764 "Ley para la adecuada gestión de las artes de pesca abandonadas, perdidas y/o descartadas, y reformas de la Ley 8436, Ley de Pesca y Acuicultura, de 1 de marzo de 2005, y de la Ley 7384, Creación del INCOPESCA, de 15 de marzo de 1994", que se tramitó bajo el expediente 23.571. Esta iniciativa se aprobó en segundo debate el 24 de septiembre de 2025 en la Comisión Plena Tercera, por lo que transcurrieron 76 días para que fuera publicada en La Gaceta.
— Ley 10.789 "Ley para fortalecer el sector turismo ante el Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo", que se tramitó bajo el expediente 24.045. Esta iniciativa se aprobó en segundo debate el 22 de octubre de 2025 en la Comisión Plena Primera, por lo que transcurrieron 48 días para que fuera publicada en La Gaceta.
— Ley 10.796 "Ley para el mejoramiento de la integración de la Comisión Nacional para la Prevención y Atención de Ahogamientos, por medio de la reforma al artículo 5 de la Ley Implementación de las Unidades de Guardavidas en las Playas Nacionales, N.º 9780, del 19 de diciembre de 2019", que se tramitó bajo el expediente 24.795. Esta iniciativa se aprobó en segundo debate el 22 de octubre de 2025 en la Comisión Plena Primera, por lo que transcurrieron 48 días para que fuera publicada en La Gaceta.
— Ley 10.806 "Nombramiento, destitución y fiscalización de las Juntas Administrativas y de Educación de los centros oficiales de enseñanza", que se tramitó bajo el expediente 23.798. Esta iniciativa se aprobó en segundo debate el 28 de octubre de 2025, por lo que transcurrieron 42 días para que fuera publicada en La Gaceta.
— Ley 10.807 "Reforma a la Ley de la Promoción de la Igualdad Social de la Mujer N.º 7142 para implementar medidas de acción afirmativa en el trámite de concursos públicos", que se tramitó bajo el expediente 24.372. Esta iniciativa se aprobó en segundo debate el 28 de octubre de 2025, por lo que transcurrieron 42 días para que fuera publicada en La Gaceta.
— Ley 10.814 "Adición de un párrafo final al artículo 4° de la Ley N.º 6041 sobre la conformación del Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Préstamos para Educación (Conape) del 18 de enero de 1977", que se tramitó bajo el expediente 23.419. Esta iniciativa se aprobó en segundo debate el 28 de octubre de 2025, por lo que transcurrieron 42 días para que fuera publicada en La Gaceta.
— Ley 10.820 "Desafectación del uso público y autorización para que se segregue y done un terreno propiedad de la Junta Educación Escuela La Palma San Ramón, a la Asociación de Desarrollo Integral de San Miguel y Bajo Barrantes de Piedades Sur de San Ramón de Alajuela", que se tramitó bajo el expediente 24.208. Esta iniciativa se aprobó en segundo debate el 28 de octubre de 2025, por lo que transcurrieron 42 días para que fuera publicada en La Gaceta.




