Hace unos días, el actor Walton Goggins, quien alcanzó reconocimiento mundial por su papel en la tercera temporada de la serie White Lotus, estuvo de invitado especial del programa Saturday Night Live, participando en sus sketchs de comedia.

Este es de especial interés para el tema de hoy. Su personaje coquetea directamente con las clientes del restaurante, quienes aceptan y celebran con risas sus comentarios, pasados de tono, le siguen la corriente y lo califican como “inofensivo”.

Como sabemos, la vida supera la ficción y ese sketch bien pudo estar inspirado en el siguiente caso real:

Es frecuente que las empresas que tienen un compromiso sincero con garantizar un ambiente sano y seguro para sus trabajadores, opten por una política de cero tolerancia al acoso sexual, tal y como se hace en sus casas matrices.

En una de estas empresas, un gerente expatriado observó a un operario que, cada vez que se encontraba en los pasillos con sus compañeras de trabajo, las saludaba de forma melosa:

“¡Uy! ¡Qué suerte la mía! Toparme hoy con estos tres ángeles caídos del cielo. Hasta quedé encandilado de tanta belleza junta. Quién pudiera ser jeque árabe para casarse con las tres. ¡Divinas!¡Preciosas!” 

Y suspiraba, les hacía reverencias, les tiraba besos, fingía un infarto del impacto de verlas y les hacía ojitos.

Con suficiente español para entender lo ocurrido, el gerente pidió a recursos humanos que se procediera de inmediato al despido sin responsabilidad del operario, precisamente porque la empresa tenía y sigue teniendo una política de tolerancia cero al acoso sexual y el operario había sido descubierto in fraganti.

Se le explicó al gerente que, para un despido sin responsabilidad por ese motivo, la ley local exige una investigación formal, respetando los principios del debido proceso y la denuncia de las afectadas. Así que se empezaría por ahí y la investigación se encargaría de confirmar si se cumplían o no los elementos del acoso sexual: una conducta sexual, que ocurre una única vez o varias veces, no querida o deseada por la víctima, que tiene efectos negativos en ella.

Sin embargo, al entrevistarlas, las presuntas víctimas se rieron y aseguraron que su compañero era “así”, que lo veían como un hermano menor, que no lo tomaban en serio, que no les representaba riesgo alguno y que cuando él se ausentaba o se perdían el saludo, sentían que algo les hacía falta en su día laboral.

Confirmaron además que no percibían el saludo como una conducta sexual, que estaban de acuerdo con esas conductas y que esas interacciones no tenían ningún efecto negativo sobre ellas.  Hasta ahí llegó la investigación.

Aun y cuando se hubiera confirmado la existencia de una conducta de acoso, al aplicar una sanción, debe tomarse en cuenta la gravedad de la falta y la sanción debe ser proporcional y adecuada a la falta cometida.

Si se despedía al operario sin responsabilidad, en consistencia con la política de cero tolerancia, podría haber sido considerado como una medida desproporcionada, exponiendo a la empresa a un reclamo en la vía judicial o incluso una solicitud de reinstalación. Porque no es lo mismo un saludo rebuscado, que un tocamiento o un intento de violación.

¿O sí?

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