El contar con pago electrónico será requisito para renovar las concesiones.

La ley aprobada por la Asamblea Legislativa que da un ultimátum de dos y cuatro años a las empresas concesionarias del servicio de autobús para que todas sus unidades cuenten con pago electrónico fue publicada este lunes en el Diario Oficial La Gaceta, por lo que oficialmente inició la cuenta regresiva que dispone esa legislación.

La Ley 10.638, que se tramitó bajo el expediente 23.360, consta de un único artículo, que agrega un nuevo inciso g) al artículo 17 de la Ley 3503 denominada "Ley Reguladora de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos Automotores".

Dicho nuevo inciso establece como nueva obligación del empresario de autobús el utilizar el sistema electrónico para cobrar la tarifa en las unidades como opción de pago mediante tarjetas de débito, crédito o prepago y el sistema de pago electrónico que establezca o autorice el Banco Central de Costa Rica (BCCR), de manera que sea accesible, seguro, disponible, continuo y que garantice la confidencialidad de la información.

Asimismo, dicho inciso establece la obligación de que el empresario suministre a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep), la información de todos los pagos electrónicos generados con la recaudación de sus ingresos tarifarios, en las condiciones de forma y tiempo que determine esa institución, a efectos de analizar cambios en las tarifas que pagan los usuarios.

A lo largo de la historia Aresep ha tenido que basarse en datos estimados suministrados por los propios autobuseros sobre la cantidad de personas que movilizan en sus unidades para efectos de actualizar las tarifas, lo que, según los promoventes de esta ley, y de los pagos electrónicos en general, es un incentivo perverso para reportar menos pasajeros, pues eso encarece las tarifas según el modelo actual. 

La obligación de contar con el pago electrónico deberá estar cumplida a más tardar el 17 de marzo de 2027 para las rutas localizadas dentro de la Gran Área Metropolitana (GAM), y y el 17 de marzo de 2029 para las que se localicen fuera de ella.

El Consejo de Transporte Público (CTP) será quién determine cuáles rutas están dentro o fuera de la GAM para efectos de computar el plazo que tendrán las empresas que prestan el servicio para contar con pago electrónico.

Asimismo, la Aresep quedó autorizada a incluir en sus metodologías tarifarias estímulos para que los usuarios utilicen el sistema de pago electrónico.

De conformidad con el artículo 21 de la ley que regula este tipo de transporte, el contar con pago electrónico será requisito para renovar las concesiones.