Proyecto propone suspender pensiones vigentes en aquellos casos donde las personas beneficiarias tengan otros ingresos superiores a tres salarios base.
El diputado del Frente Amplio, Jonathan Acuña Soto, presentó a la corriente legislativa un proyecto de ley (expediente 24.793) que pretende derogar el Capítulo III “Régimen de Pensiones de los Expresidentes de la República” de la Ley de Creación del Régimen General de Pensiones con Cargo al Presupuesto Nacional (Ley 7302).
Actualmente, todas las personas que han ejercido la Presidencia de la República que están con vida, tienen derecho a una pensión equivalente a las remuneraciones por dietas y gastos de representación fijados para la Asamblea Legislativa, que es poco más de 4 millones de colones mensuales. Adicionalmente, las personas dependientes de expresidentes fallecidos, tienen derecho a una pensión del 75% de ese monto.
La exposición de motivos justifica la derogación de estas pensiones, indicando:
Este Régimen de Pensiones beneficia a una cantidad muy limitada de personas y genera una erogación significativa con cargo al Presupuesto de la República. Por ejemplo, al año 2016 el Régimen en cuestión solo tenía 11 personas beneficiarias, y en total generó un gasto presupuestado por casi 518 millones de colones. Y si se observa el gasto presupuestado entre 2007 y 2021 para atender estas pensiones, en promedio se presupuestó un gasto de 420 millones por año”.
En caso de ser aprobado el proyecto eliminaría el derecho a recibir esta pensión a quienes dejen el cargo posterior a su aprobación.
Dato D+: Si un vicepresidente asume de forma permanente la presidencia de la República por renuncia o muerte del presidente, también tiene derecho a una pensión, sin importar el tiempo que esté en el cargo.
Adicionalmente, para las pensiones de este régimen que se mantienen vigentes, el proyecto propone que se suspenda su entrega en caso de que las personas no demuestren que sus ingresos de otras fuentes son inferiores a los tres salarios base, lo que equivale, aproximadamente, a 1.386.600 colones.
Además, se propone que si los ingresos mensuales de quienes reciben estas pensiones se modifican a futuro y llegan a superar dos veces el ingreso mensual total promedio de los hogares, estarán obligados a informarlo a la Dirección Nacional de Pensiones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Nacional, para que suspenda el derecho a la pensión, y también que el beneficio se suspenda si reciban una pensión del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), del Régimen de Pensiones del Magisterio Nacional o del Régimen de Pensiones del Poder Judicial.
Dato D+: El ingreso promedio de los hogares según la Encuesta Nacional de Hogares 2023 fue de 1.049.142 colones.
Según señala la exposición de motivos, a pesar de que la Sala Constitucional ha señalado que no se pueden eliminar los beneficios que ya reciben las personas, el Convenio 102 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) —Norma Mínima de la Seguridad Social— establece que la legislación nacional puede imponer “suspensiones” a prestaciones de pensiones no contributivas, “cuando las ganancias del beneficiario, o sus demás recursos, o ambos conjuntamente, excedan de un valor prescrito”.
El proyecto fue presentado con la firma de respaldo de toda la bancada del Frente Amplio, y ahora deberá ser asignado a una comisión legislativa para su respectivo estudio.