Por violar tratados internacionales ratificados por Costa Rica.

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, conocida popularmente como Sala IV, declaró inconstitucional este miércoles el proyecto de ley de cannabis recreativo presentado por el Poder Ejecutivo, y que un ciudadano pidió llevar a referéndum mediante el mecanismo de convocatoria con recolección de firmas.

Mediante la sentencia 2024-35449, el tribunal constitucional admitió la consulta formulada por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) sobre el texto del expediente legislativo 23.383 y denominado "Ley de control y regulación del cannabis para uso recreativo".

La resolución, adoptada por mayoría de los magistrados, concluyó que la normativa contradice disposiciones establecidas en la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes, la Convención de Viena sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971 y la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988. Según la Sala, estas convenciones, ratificadas por Costa Rica, restringen el uso del cannabis a fines estrictamente médicos y científicos, prohibiendo expresamente su uso recreativo.

El fallo destaca que estas obligaciones internacionales tienen un rango superior a las leyes ordinarias, conforme al artículo 7 de la Constitución Política. Este artículo establece que los tratados internacionales ratificados por el país prevalecen sobre las leyes internas, lo que imposibilita la aprobación de legislación que contravenga dichos compromisos.

El Tribunal Supremo de Elecciones presentó la consulta de constitucionalidad tras recibir una solicitud del ciudadano Erick González Camacho para iniciar la recolección de firmas necesarias para convocar un referéndum sobre la iniciativa. En cumplimiento con la Ley sobre Regulación del Referéndum, el TSE remitió previamente el proyecto al Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa para su análisis.

En su informe, emitido en septiembre de 2024, el Departamento advirtió que el proyecto presentaba posibles roces de constitucionalidad al no ajustarse a los tratados internacionales mencionados. Además, señaló que permitir el uso recreativo del cannabis colisionaría directamente con las disposiciones que prohíben la producción, comercialización y consumo de esta sustancia con fines distintos a los médicos o científicos.

La Procuraduría General de la República también había emitido un criterio similar en el informe PGR-OJ-026-2023, indicando que la normativa propuesta podría enfrentar problemas legales debido a su incompatibilidad con los compromisos internacionales asumidos por Costa Rica.

Esta decisión bloquea cualquier avance del proyecto de ley 23.383 a través del mecanismo de referéndum, inclusive, dentro de la propia Asamblea Legislativa. Según lo establecido en la sentencia 2020-13316 de la Sala Constitucional, ningún proyecto sometido a consulta popular puede contradecir disposiciones de rango superior en el ordenamiento jurídico, incluyendo tratados internacionales.

Para que esta iniciativa pueda avanzar, el gobierno de Rodrigo Chaves Robles tendría que tomar la decisión de denunciar (desvincular a Costa Rica) de las convenciones internacionales que entran en conflicto con esta propuesta de ley.

El proyecto de ley 23.383 buscaba regular el consumo de cannabis recreativo para personas mayores de edad en Costa Rica. Entre sus objetivos se encontraba establecer controles sobre la producción, comercialización y consumo responsable de la sustancia, además de desvincular su comercio del narcotráfico.