Magistrados señalan que el caso debe resolverse en la vía ordinaria.

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, conocida popularmente como Sala IV, rechazó un recurso de amparo presentado contra la disposición del Concejo Municipal de San José que prohíbe el uso de pólvora que supere los 85 decibeles, según lo acordado en la sesión ordinaria número 26-2024.

La resolución, emitida mediante la sentencia 2024-035134, determinó que el caso escapa de la competencia de la jurisdicción constitucional.

El recurso fue presentado por un empresario dedicado a la importación, venta y fabricación de pólvora y fuegos artificiales, quien alegó que la medida municipal afecta la libertad de comercio y el principio de igualdad. Además, señaló una supuesta contradicción al indicar que la Municipalidad ha anunciado eventos que utilizarán instrumentos y altoparlantes con niveles de ruido superiores al límite establecido.

Los magistrados concluyeron que el reclamo planteado excede la naturaleza sumaria del recurso de amparo. Según la resolución, corresponde a la vía ordinaria y no a esa jurisdicción resolver la legalidad de las disposiciones cuestionadas.

La Sala que deliberó este caso estuvo integrada por Fernando Castillo Víquez (presidente), Fernando Cruz Castro, Luis Fdo. Salazar Alvarado, Jorge Araya García, Anamari Garro Vargas e Ingrid Hess Herrera y la magistrada suplente Aracelly Pacheco Salazar.