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Ley 10392 rige a partir de este 2024 y surtirá efecto durante el actual periodo fiscal.

El Colegio de Contadores Públicos recuerda que este año empezó a regir la Ley 10392, que modificó el artículo 15 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley 7092), para introducir una ampliación al beneficio de reducción del pago del Impuesto sobre la Renta para las micro y pequeñas empresas, inscritas ante el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), o ante el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).

Esta modificación empezó a partir del 1 de enero del año 2024, por lo tanto, surtirá todos sus efectos en el periodo fiscal 2024 y siguientes.

Este tema abrió el ciclo de conferencias de las 11° Jornada de Actualización Tributaria 2024, que se realiza este jueves 14 y viernes 15 de noviembre.  

“Las pequeñas y medianas empresas son todas aquellas unidades productivas de carácter permanente que dispongan de recurso humano, los maneje y opere, bajo las figuras de persona física o de persona jurídica, en actividades industriales, comerciales, de servicios o agropecuarias que desarrollen actividades de agricultura orgánica”, mencionó Zamora.

¿Cuáles son los beneficios de esta ley?

Esta nueva ley amplia los años fiscales de aprovechamiento de la reducción del pago del Impuesto Sobre las Utilidades de la siguiente forma:

Estos beneficios también se extienden a los pequeños y medianos productores Agropecuarios (Pympas). Las MiPymes deben de cumplir diferentes requisitos de los que destacan los siguientes:

  • Estar inscritas ante el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), o ante el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).
  • No superar la suma de ciento veintidós millones ciento cuarenta y cinco mil colones (¢122.145.000) de ingresos brutos.
  • Estar al día con el pago de cargas sociales. 
  • Cumplir con las obligaciones tributarias.
  • Cumplir con las obligaciones laborales.
  • Entre otros requisitos.

“Es importante que las empresas realicen sus declaraciones en tiempo y forma, paguen los impuestos al día, validen los requisitos para calificar como micro y pequeña empresa, mantengan la contabilidad al día y en orden, guarden sus comprobantes, tengan soporte documental y reciban asesoría de un Contador Público Autorizado”, indicó Dunia Zamora.