La delimitación correcta del Refugio Gandoca-Manzanillo es uno de los puntos señalados por la Defensoría.

La Defensoría de los Habitantes, en seguimiento a la investigación sobre el proceso del Plan Regulador Costero Caribe Sur Cahuita, emitió una alerta temprana en la que comunicó a la Municipalidad de Talamanca hallazgos preliminares que deben ser atendidos en tres áreas clave.

Consulta indígena

Una de las advertencias se relaciona con la falta de consulta a los pueblos indígenas, lo cual constituye un incumplimiento del procedimiento establecido en el Convenio 169 de la OIT y el Mecanismo Nacional de Consulta Indígena. En este sentido, la Defensoría constató que no se realizó la consulta previa, libre e informada.

La Defensoría solicitó información a la Unidad Técnica de Consulta Indígena del Ministerio de Justicia y Paz, la cual confirmó que no se ha recibido ninguna solicitud por parte del Poder Ejecutivo o del Gobierno Local de Talamanca para la apertura del proceso de consulta indígena relacionado con el Plan Regulador en la Zona Marítimo Terrestre del distrito de Cahuita.

En un comunicado emitido el 10 de octubre, la Defensoría indicó: "Considera la Defensoría que las autoridades nacionales y locales deben respetar el derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación y, por tanto, el derecho a la autonomía en las cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales, incluyendo su derecho a la consulta respecto de toda actividad que afecte sus derechos e intereses”.

Defensoría encontró falencias en el Plan Regulador Costero Caribe Sur Cahuita que es impulsado por la Municipalidad de Talamanca.

Participación ciudadana

Otro aspecto señalado al ayuntamiento está relacionado con los derechos a la información y participación de la población local. La Defensoría indicó que, aunque se realizaron charlas informativas y una audiencia pública según la Ley de Planificación Urbana, no se proporcionó a las personas interesadas copia del expediente ni información sustancial que garantizara una participación activa e informada. Tampoco se dio respuesta a las inquietudes manifestadas por los habitantes.

Por ello, la Defensoría recomendó al alcalde de Talamanca realizar la consulta indígena, y solicitó que en un plazo de tres meses presente un listado de los canales de información a la ciudadanía y los mecanismos de participación que serán habilitados para continuar con la construcción participativa e informada del Plan Regulador y otras políticas que afecten los intereses de los habitantes.

Además, se recomendó al Concejo Municipal de Talamanca suspender cualquier acto de aprobación del Plan Regulador Costero del distrito de Cahuita, debido al incumplimiento de la consulta a la población indígena y el desacato de una sentencia de la Sala Constitucional de diciembre de 2023. La aprobación del plan debe esperar hasta que se cumpla con este derecho fundamental.

Vecinos de Talamanca realizaron una marcha en manifestación contra el Plan Regulador Costero en julio de 2023.

Gandoca-Manzanillo

Otro punto abordado fue la rectificación de los límites del Refugio Nacional Gandoca-Manzanillo y la delimitación de humedales en la zona marítimo-terrestre de Talamanca, previo a la adopción del plan regulador.

La Defensoría estimó que las instituciones involucradas elaboraron un plan regulador basado en la Ley 9223, declarada inconstitucional por la Sala Constitucional en 2019, y que a la fecha aún no se ha ajustado a dicha resolución.

Sobre el incumplimiento en la delimitación del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo y el desacato de sentencias relacionadas emitidas por la Sala Constitucional, la Defensoría alertó al Concejo Municipal para que suspenda cualquier acto de aprobación del Plan Regulador Costero hasta que se cumpla con la delimitación adecuada del refugio.

La Defensoría estimó que plan regulador se basó en una ley declarada inconstitucional por la Sala Constitucional en 2019.

Instituciones no asumen responsabilidades

La Defensoría también informó que, tras sus consultas sobre el trámite actual del Plan Regulador, varias instituciones emitieron criterios que no son consistentes entre sí.

Por ejemplo, la Municipalidad de Talamanca indicó que ya cumplió con lo dispuesto por la Sala Constitucional al realizar la audiencia pública y la consulta a la población indígena. Además, señaló que el trámite del Plan Regulador Costero está ahora a cargo del INVU, y que el expediente administrativo se encuentra en poder de dicha institución.

Sin embargo, el INVU informó a la Defensoría que el plan regulador debe ajustarse a una nueva resolución de la Sala Constitucional, la cual ordenó al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac), a través del Área de Conservación La Amistad Caribe (ACLAC), actualizar la delimitación del Patrimonio Natural del Estado (PNE). También indicó que tanto la Municipalidad como el INVU deben ajustar la zonificación del plan vigente a esta nueva delimitación. Actualmente, están a la espera de que el ACLAC desarrolle lo que le corresponde para poder establecer un plan de trabajo y un cronograma de actividades.

Por su parte, el Instituto Costarricense de Turismo (ICT) mencionó que, tras la resolución de la Sala Constitucional, se realizó la audiencia pública y la municipalidad solicitó la conformación de una "comisión tripartita" para analizar las observaciones surgidas de la segunda audiencia. A la fecha, el ICT está a la espera de que dicha comisión sea convocada para iniciar su trabajo.